MEDIDAS CRISIS

LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS DEBERÁN SOPORTAR MENOS CARGAS ADMINISTRATIVAS

- El Gobierno simplifica 70 procedimientos administrativos para impulsar la actividad económica

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy un acuerdo para reducir las cargas administrativas en setenta procedimientos, con el fin de contribuir a incrementar la competitividad y la productividad de las empresas españolas.

Según informó el Gobierno, con la aprobación de estas medidas prosigue la aplicación y desarrollo del Plan de Reducción de Cargas Administrativas y de Mejora de la Regulación, acordado por el Consejo de Ministros el pasado 20 de junio.

El plan persigue reducir en un 30 por ciento en el horizonte de 2012 las cargas derivadas de la normativa vigente que afectan a las empresas, especialmente a las pymes, "superando el 25 por ciento fijado por la Unión Europea". Asimismo, busca minimizar las cargas administrativas sobre las empresas en la nueva normativa que se apruebe a partir del 1 de enero de 2009.

El Ejecutivo ya aprobó en el marco de este plan las primeras medidas para reducir las cargas administrativas en once procedimientos en la reunión del Consejo de Ministros del pasado 27 de junio.

Las setenta nuevas medidas acordadas hoy corresponden a seis ministerios: Economía y Hacienda (36), Interior (6), Industria, Turismo y Comercio (17), Trabajo e Inmigración (2), Sanidad y Consumo (2) y Ciencia e Innovación (7).

Según afirma el Gobierno, estas nuevas iniciativas servirán para reducir a corto plazo las cargas administrativas que afectan a la actividad empresarial. Además, algunas de estas medidas facilitarán significativamente la realización de varios trámites administrativos a los ciudadanos.

Estas medidas, algunas de las cuales serán ya efectivas este mismo año, incluyen la supresión de algunos procedimientos, el establecimiento de canales telemáticos, la reducción de plazos y la unificación de algunos registros, entre otras iniciativas.

SIMPLIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS

Entre las medidas aprobadas hoy figuran:

- Posibilidad de designar un domicilio electrónico diferente del fiscal a efectos de notificaciones en materia tributaria, incluso para los procedimientos de oficio.

- Ampliación de los procedimientos y trámites relacionados con la Agencia Tributaria que pueden resolverse con cita previa concertada.

- Opción de presentar por vía electrónica las consultas dirigidas a la Dirección General de Tributos.

- Posibilidad de realizar la transferencia de vehículos por vía telemática a través de centros gestores.

- La facultad de que los Centros de Reconocimiento de Conductores remitan telemáticamente a la Dirección General de Tráfico la certificación médica exigida a los conductores para que puedan obtener o renovar en el acto su permiso de conducir.

- Opción de realizar el pago de sanciones de tráfico a través de Internet, teléfono móvil y teléfono fijo.

- Notificación telemática de la obligación del pago y liquidación automática de la tasa de telecomunicaciones.

- Mejora del acceso electrónico de la Tesorería General de la Seguridad Social a los registros y bases de datos de organismos públicos para la verificación de la identidad y el cumplimiento de los requisitos para la inscripción de empresas con el objetivo de no pedir a éstas documentos que ya obran en poder de otros departamentos de la Administración.

- Establecimiento de contactos directos con los consejos de administración de las grandes empresas y creación de un foro de empresas para debatir los temas que más puedan interesar a este tipo de contribuyentes.

- Establecimiento de un canal telemático para que las entidades de crédito faciliten información de los movimientos de las cuentas corrientes solicitados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

- Supresión, excepto para los que presenten declaraciones mensuales a devolver, de la obligación de presentar telemáticamente los libros registro de IVA.

- Supresión de la obligación de presentar un informe anual sobre la actividad aseguradora exigido a las entidades de este sector.

- Supresión de la obligatoriedad de elevar a escritura pública y posterior inscripción en el Registro Mercantil de la autorización, constitución e inscripción de fondos de pensiones.

- Supresión de la autorización para modificar las normas de funcionamiento de los fondos de pensiones, sin perjuicio del deber de comunicación.

- Supresión de la exigencia del informe económico financiero de las entidades gestoras de fondos de pensiones.

- Gestión telemática de las autorizaciones a entidades de crédito y entidades que operan en el ámbito de los mercados de valores y otras.

- Supresión de la autorización previa de la publicidad de los productos bancarios y de los productos y servicios financieros del mercado de valores.

- Tramitación telemática para la declaración de inversiones extranjeras en España y su liquidación.

- Racionalización de la información solicitada a las empresas del sector para la elaboración de estadísticas por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la CORES (Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos) y la CNE (Comisión Nacional de la Energía).

- Unificación del Registro de empresas solicitantes de ayudas de I+D+i.

- Supresión de la obligación de presentar el NIF la primera vez que se solicita una ayuda de I+D+i.

(SERVIMEDIA)
14 Ago 2008
CAA