Inmigración
El nuevo reglamento de la Ley de Extranjería entrará en vigor el 20 de mayo de 2025
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El nuevo reglamento de la Ley de Extranjería, que este miércoles publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), comenzará a aplicarse de forma plena el 20 de mayo de 2025, según declaró la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.
En una entrevista en RNE recogida por Servimedia, Saiz defendió este miércoles la necesidad de aplicar “este período de seis meses” para que la reforma “entre plenamente en vigor”. “Introduce cambios muy importantes” y, “por seguridad jurídica, requiere un tiempo de adaptación”. El nuevo reglamento “reduce y simplifica trámites burocráticos”, reordena figura y clarifica los procedimientos migratorios y flexibiliza los requisitos exigidos para acceder a permisos de trabjao y residencia, explicó Saiz.
A su juicio, se trata de “una reforma ambiciosa y muy potente”, que “amplía derechos para las personas migrantes y permite “luchar con mayor contundencia contra las mafias”. Para ello, mejora el acceso a los permisos a través de “tres puertas que no estaban suficientemente abiertas: empleo, formación y reagrupación familiar”.
ARRAIGO
Según la ministra, España “es el único país europeo que recoge la figura del arraigo”, por el que las personas extranjeras que entraron de forma ilegal en el país pueden regularizar su situación desde dentro. En el nuevo reglamento, el arraigo “se reordena” y pasan a existir cinco tipos (antes había cuatro): arraigo familiar, de segunda oportunidad, social, socioformativo y sociolaboral.
En general, se reduce el tiempo de permanencia en España exigido para solicitar el arraigo de tres a dos años, y se permitirá que las personas trabajen por cuenta ajena o propia desde el primer momento. Todas las autorizaciones tendrán un año de duración salvo las familiares, que lo serán por un plazo de cinco.
Según estimaciones del ministerio, esta nueva norma puede facilitar la regularización anual de unas 300.000 personas durante los próximos tres años. El nuevo arraigo familiar se limita a los padres o tutores de menores con nacionalidad de algún país de la Unión Europea, así como a aquellas personas que tengan a su cargo personas con discapacidad. El resto de los casos se regularán mediante el nuevo estatuto de ‘familiar de persona con nacionalidad española’, que amplía la edad para la regularización de los hijos hasta los 26 años (21 en la actualidad) y permitirá incluir a las parejas no registradas formalmente que puedan acreditar una relación afectiva análoga. También se amplía el concepto de familiar reagrupada a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género
Otra de las novedades del texto consiste en la creación del ‘Arraigo de segunda oportunidad’, dirigido a aquellas personas que en los dos últimos años tenían autorización de residencia pero que, por distintas circunstancias, no la han renovado.
Las personas extranjeras podrán acceder al arraigo sociolaboral presentando contratos que demuestren una jornada semanal de 20 horas (antes eran 30), y se permitirá que entidades sociales reconocidas acrediten la situación de arraigo social (cuando no sea posible por otras vías).
En cuanto a los extranjeros que hayan cursado sus estudios en España, el reglamento facilita su tránsito desde la estancia por estudios a la autorización de residencia y trabajo, siempre y cuando cuenten con el contrato laboral en un sector que se corresponda con lo que hayan estudiado
VISADOS
El nuevo texto crea un título específico para los visados, que clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general. De este modo, todas las autorizaciones iniciales serán de un año y las renovaciones de cuatro.
También se amplía de tres meses a un año el visado para la búsqueda de empleo (vigente para determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales), a fin de facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los profesionales que necesitan.
Por otro lado, la reforma crea una autorización específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel individual como colectivo para las actividades de temporada. Mejora, además, la protección de los derechos de los trabajadores, que deberán tener información concreta y escrita (en un idioma que comprendan) sobre sus condiciones laborales, su estancia y demás gastos.
También aumenta la exigencia referida a las condiciones de habitabilidad y la seguridad del trabajador desde que sale de su país hasta que se da de alta en la Seguridad Social. A esto se suma una mejora en la posibilidad de cambio de empleador en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el desarrollo de la relación laboral (fallecimiento del empleador, plaga en la cosecha, etc.). Además, la normativa promueve que los empresarios dispongan de más información en todo el proceso, que será más sencillo y flexible para adaptarlo a sus necesidades concretas, como una duración determinada o la gestión colectiva de contrataciones.
FORMACIÓN
Otro cambio importante se refiere a los estudiantes extranjeros, que disfrutarán una autorización de estancia por el mismo tiempo que dure su formación (hasta ahora se renovaba año a año). Se les facilitará una vía rápida para que puedan enlazar con una autorización de trabajo una vez terminen sus estudios y estarán autorizados a trabajar un máximo de 30 horas semanales, con independencia de la formación que estén cursando. El nuevo reglamento refuerza asimismo los requisitos y las obligaciones de los centros de estudios.
ASILO
Saiz subrayó la relevancia de la “vía transitoria”, de un año de duración, que este reglamento habilita de cara a la regularización de solicitantes de protección internacional cuyas demandas han sido rechazadas en firme.
De hecho, el reglamento abre la posibilidad de que puedan acceder a la autorización de residencia creditando seis meses de estancia en españa. “Somos muy conscientes de que vivimos en un escenario internacional muy complejo y convulso”, declaró.
Sin embargo, “no es lo mismo la migración por motivos económicos que la persecución por causas políticas o religiosas”, prosiguió, y “lo que hacemos (con este reglamento) es reforzar las garantías para cada caso concreto”. En su opinión, “este reglamento exquisito con los derechos humanos” y, gracias a él, “España es hoy un país mejor”.
(SERVIMEDIA)
20 Nov 2024
AGQ/gja