VIDEOS. LOS CIUDADANOS ESTARAN OBLIGADOS A ACOGER EN SUS CASAS VIDEOS POLICIALES PARA GRABAR LAS ALGARADAS CALLEJERAS

- Interior advierte que si el propietario de la vivienda se niega, se le obligará a través de un mandamiento judicial

- El Estado indemnizará a los propietarios afectados en el supuesto de que se produzcan daños en la vivienda

MADRID
SERVIMEDIA

Los propietarios de las viviendas que la Policía señale como adecuadas para la intalación de las cámaras fijas que permitan grabar posibles acciones violentas en el marco de las algaradas callejeras estarán obligados a consentir la entrada de estas cámaras. Así lo establece la disposición séptima del anteproyecto de ley orgánica que regulará la video-vigilancia y que hoy explicó el subsecretario del Ministerio del Interior, Leopoldo Calvo Sotelo.

Según reza dicha disposición, "los propietarios y, en su caso, los titulares de derechos reales sobre los bienes afectados por las instaaciones reguladas en esta ley, o quienes los posean porcualquier título, están obligados a facilitar y permitir su colocación y mantenimiento (de las cámaras)".

El anteproyecto de ley contempla asimismo la posibilidad de que el propietario de la vivienda que servirá de base a la cámara de vídeo se niegue a su colocación. En esa circunstancia, las autoridades policiales, en nombre del Ministerio del Interior, procederán por la vía legal mediante la obtención del preceptivo mandamiento judicial.

sí lo señala la disposición citada de la siguiente forma: "(...) sin perjuicio de la necesidad de obtener, en su caso, la autorización judicial prevista en el artículo 87.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial".

Dicha ley establece que "corresponde a los juzgados de instrucción la autorización en resolución motivada para la entrada en los domicilios y en los restantes edificios o lugares de acceso dependiente del consentimiento de su titular, cuando ello proceda para la ejecucin forzosa de los actos de la Administración".

INDEMNIZACIONES

El concepto de responsabilidad patrimonial de la Administración velará por los intereses en materia de indemnización de los propietarios de las viviendas designadas en el caso de que éstas sufran daños materiales por diversos conceptos. Uno de ellos podría ser el descubrimiento circunstancial por parte de los violentos de la ubicación de la cámara fija, que podría ser objeto de lanzamiento de objetos con el propósito de deteriorarla.

El responsable del Interior, Leopoldo Calvo Sotelo, mantuvo hoy una reunión informal con los periodistas para explicar detalles como el señalado del anteproyecto de ley que regulará la video-vigilancia en el País Vasco. Calvo Sotelo hizo hincapié en el capítulo de sanciones previstas contra quienes manipulen o alteren el contenido de las cintas grabadas.

En su opinión, este hecho será difícil que se produzca, ya que la Policía dispondrá sólo de 24 horas para analizar las cintas antes de proceder a su ntrega al juez.

En este sentido, Calvo Sotelo manifestó su convencimiento de que será prácticamente imposible que la Policía pueda alterar aquellas imágenes que recojan acciones policiales que puedan ser constitutivas de un delito por exceso de contundencia o abuso de la fuerza. "Las cintas originales llegarán tal cual al juez", afirmó Calvo Sotelo.

Agregó que el anteproyecto de ley recoge con precisión los aspectos relativos a las pruebas periciales a que serán sometidas las cintas de vídeo grabdas por la policía. Dichas pruebas deberán demostrar sin fisuras su autenticidad y, sobre todo, su carácter de cinta original y no montada.

Acerca del anuncio público sobre la colocación de las cámaras fijas, el responsable del Interior explicó que el desarrollo de la futura ley establecerá el modo y momento en que se realice esta advertencia a los ciudadanos. Mientras que el ministro Mayor Oreja sugería hace unos días su publicación a través de los periódicos, Calvo Sotelo no descartó hoy que se emplen carteles colocados en la calle anunciando dicha circunstancia.

(SERVIMEDIA)
26 Jul 1996
L