VIDEOS CALLEJEROS. LA APM DICE QUE LOS JUECES DEBERIAN CONTROLAR EL USO DE IMAGENES OBTENIDAS POR 'VIDEOVIGILANCIA' EN EUSKADI

- No cree que el empleo de vídeos en las calles vascas plantee problema alguno

- Advierte que para facilitar la rapidez de los juicios hacen falta medios adecuados, "no poner adjetivos"

MADRID
SERVIMEDIA

El presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Ramón Rodríguez Arribas, manifestó hoy a Servimedia que no cree que la instalación de vídeos en las calles de Euskadi suponga una vulneración de derechos y señaló que, a su juicio, el uso de las imágenes que surjan de esa 'videovigilancia' debería estar sometido a un contol judicial.

El Ministerio del Interior está ultimando un proyecto de ley para instalar cámaras de vídeo en las calles de Euskadi, a fin de evitar los disturbios callejeros que provocan habitualmente los grupos afines a ETA. Asimismo, pretende que haya juicios rápidos contra los jóvenes partidarios de la banda terrorista que destrozan el mobiliario urbano o atacan a los agentes de la Ertzaintza.

Rodríguez Arribas señaló que, a su juicio, la utilización de una cámara de vídeo en la vía pública no lantea en principio ningún problema ni viola ningún derecho, y argumentó que si se alegase violación a la intimidad "los periodistas no podrían sacar fotografías en la calle, por ejemplo".

El presidente de la APM, para quien "da igual que un policía mire desde una ventana o desde una cámara", señaló que el problema estriba en el uso de las grabaciones obtenidas por la Policía a través de la 'videovigilancia', utilización que, en su opinión, debería tener un control judicial, porque son los jueces, com establece la Constitución, quienes deben proteger jurídicamente los derechos del ciudadano.

A juicio de Rodríguez Arribas, las grabaciones deberían controlarse para que sólo se utilicen las necesarias en la investigación de un hecho delictivo y evitar que se haga uso ilícito de ellas que pueda dañar la intimidad de las personas.

JUICIOS RAPIDOS

Por otro lado, el presidente de la APM se mostró escéptico sobre los juicios rápidos que proyecta Interior, ya que, aunque la Ley Orgánica de Enjuiciamento Criminal prevé mecanismos para actuar sin dilación, lo cierto es que muchas veces las propias garantías procesales obligan al retraso.

Para Rodríguez Arribas, agilizar la administración de justicia no consiste en "poner adjetivos, sino los medios adecuados", porque muchas veces es la falta de instrumentos lo que impide que los juicios se desarrollen con cierta velocidad.

(SERVIMEDIA)
23 Jul 1996
VBR