EL SUPREMO EXIME A AEGON ASEGURADORA DE PAGAR PORQUE EL CLIENTE NO INFORMO DEL AUMENTO DE RIESGO DE INCENDIO
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha librado a Aegon Unión Aseguradora S.A. de indemnizar a un cliente cuyo local fue pasto del fuego, debido a que éste no inform de que había aumentado el riesgo de incendio.
Los hechos que han dado lugar a la sentencia se produjeron en un local de Alcorcón (Madrid) el 8 de octubre de 1990, siete meses después de que la comunidad de vecinos de la que dependía el establecimiento suscribiese una póliza multirriesgo de un año de duración.
Tras recordar que el mencionado local ya fue objeto de otros incendios, el Supremo considera que el establecimiento se encontraba en un estado de abandono conocido por el propietario, quienademás era el tomador del seguro, lo que le hace "singularmente responsable de las circunstancias que determinaron la agravación" del riesgo de incendio.
Con estos argumentos, el Alto Tribunal exime a Aegon Unión Aseguradora S.A. de pagar al propietario de local las 25.912.458 pesetas que reclamaba por daños.
(SERVIMEDIA)
23 Jul 2000
VBR