EL SUPREMO CONDENA AL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA A PAGAR 120.000 EUROS A UN VIANDANTE QUE PERDIO UNA PIERNA AL CAER EN UNA ARQUETA
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El Tribunal Supremo ha condenado al Ayuntamiento de Sevlla a indemnizar con 126.601,69 euros a un viandante que cayó en 1995 en una arqueta en la ciudad andaluza y a consecuencia de las graves lesiones tuvieron que amputarle la pierna derecha tras sufrir un proceso tumoral.
La sentencia del Alto Tribunal confirma la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de diciembre de 1997 que declaró nulo el acuerdo de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla de mayo de 1995, por el que consistorio se negó a indemnizar a V.T.S porel mencionado suceso.
La corporación municipal desestimó su responsabilidad extracontractual por las lesiones que se produjo el reclamante como consecuencia de una caída en 1995 en una arqueta existente en la vía pública, daños por los cuales sufrió la amputación de una pierna.
El Supremo ha desestimado el argumento del ayuntamiento sevillano de que las lesiones se produjeron en una zona que no era de titularidad pública, sino en una zona de paso bajo los soportales de un edificio privado. El Alt Tribunal entiende que, en cualquier caso, el consistorio sería responsable por haber infringido su deber de vigilancia del estado de la ciudad.
"Sea cual sea la titularidad de la arqueta, lo realmente decisivo para determinar la responsabilidad de la Administración demandada, es si aquélla está situada en un lugar en el que los servicios municipales pueden llevar a cabo sus funciones de vigilancia y control sobre las actividades potencialmente peligrosas que allí puedan producirse".
(SERVIMEDIA)
15 Nov 2003
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