EL SUPREMO CONDENA AL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE A PAGAR UNA INDEMNIZACION DE MEDIO MEDIO MILLON POR LA PERDIDA DE UN CADAVER

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha condenado al Ayuntamiento de Albacete a indemnizar con medio millón de pesetas a Josefa Toregrosa Rubio por los daños morales causados por el servicio municipal de cementerios, por la pérdida del cadáver de su hermano.

En una sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal falla a favor de la mujer, que no logró identificar los restos mortales de su hermano cuando fue desenterrado para trasladarlo al cementerio de Alicante.

Los hechos se remontan al año 1981, cuando en el cementerio municipal de Albacete se produjo un derrumbamiento en el denominado Pabellón Viej de Restos, lo que dio lugar a una confusión sobre cuáles eran las sepulturas de los restos inhumados en los nichos continuos, entre los que se encontraba el del hermano de la apelante, que había adquirido la sepultura a perpetuidad en 1963.

Torregrosa se personó en el cementerio años después, en 1987, para trasladar el cadáver de su hermano al cementerio de Alicante, sin lograr localizar sus restos, después de que los empleados del cementerio tuvieran que abrir dos tumbas diferentes.

La mujer fu citada unos días más tarde para identificar los restos de una nueva sepultura, que, según los servicios municipales, correspondían a su hermano, pero ella sostuvo por el contrario que los zapatos y el cinturón no se correspondían con los que éste llevaba cuando fue enterrado.

Ante esta situación, Josefa Torregrosa reclamó el pago de una indemnización por daños morales ante la pérdida del cadáver de su hermano, que le fue denegada por el Ayuntamiento y posteriormente por el Tribunal Superior de Justica de Castilla-La Mancha, por lo que recurrió al Tribunal Supremo.

El Alto Tribunal sostiene que, aunque no existe la certeza de que los restos hayan sido perdidos, ante los testimonios divergentes de la mujer y el Ayuntamiento, en los expedientes municipales consta la confusión de restos mortales que se produjo en el derrumbamiento de 1981 y que su traslado se realizó "de un modo tan confuso" que el cadáver perdido se inhumó dos veces y fue trasladado a dos sepulturas distintas.

La sala estima quela mujer se vio sometida a un trauma psicológico no deseado ni querido, al tener que soportar en tres sesiones distintas la apertura de sucesivas sepulturas, "con el resultado de que no hay certeza sobre el enterramiento de su hermano y sobre la identidad de los restos".

Los daños morales son, a juicio del tribunal, "consecuencia del funcionamiento anormal del servicio municipal de cementerios por custodia defectuosa de sepultura adquirida a perpetuidad", por lo que declara su responsabilidad y lo conena al pago de la indemnización anteriormente citada.

(SERVIMEDIA)
30 Oct 1992
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