EL SUPREMO ANULA LA EXPULSION DE UN GUARDIA CIVIL APARTADO DEL SERVICIO "POR SU PROPENSION A LAS BAJAS MEDICAS"

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo ha anulado una resolución del Ministerio de Interior que sancionaba a un guardia civil con la sparación del servicio por su "propensión a las bajas médicas", que le llevaron a incumplir sus obligaciones durante unos catorce meses en dos años.

La sentencia de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo explica que, según el expediente gubernativo que dió lugar a la sanción, el guardia civil permaneció de baja durante 272 días desde que consolidó su empleo de guardia profesional, en diciembre de 1994, hasta febrero de 1996.

En agosto de ese año se dió de nuevo de baja por 'bronquitis asmática, y confirmó su parte de baja con otro diagnóstico de 'síndrome depresivo' hasta que el 14 de noviembre dejó de presentar partes que justificaran su ausencia.

Por este motivo fue sancionado en reiteradas ocasiones, como autor de faltas leves de "inexactitud en el cumplimiento de las normas", hasta que en diciembre de 1996, "cuando resultó evidente la despreocupación absoluta del guardia por el complimiento" de sus obligaciones profesionales, se le imputó una infracción de mayor gravedad.

Durante ste periodo en el que iba acumulando bajas, el guardia civil "adoptó una actitud de extrema conflictivdad hacia sus mandos naturales", llegando a rechazar las notificaciones, lo que obligó a otros miembros del cuerpo a acudir a su casa para llevárselas por escrito y entregárselas a su esposa o meterlas por debajo de la puerta cuando ésta "asumió la actitud obstrucionista de su marido".

Además, también en este tiempo de baja, con un diagnóstico de "trastorno mixto ansioso depresivo" constatado por el Tibunal Médico Militar, quebrantó un arresto domiciliario, denunció a su teniente por recaudar unas cantidades para gastos de acuartelamiento a las que sus compañeros habían accedido voluntariamente y protagonizó altercados verbales con distintos mandos.

Ante estos hechos, el Ministerio de Interior decide apartarle del servicio por "observar conductas gravemente contrarias a la disciplina, servicio o dignidad de la Institución".

Esta decisión es anulada por el Alto Tribunal, que considera que se vlneró el principio de defensa del guardia civil, que no acudió a exponer su situación durante la tramitación del expediente sancionador, ya que se encontraba de baja médica. Además, señala que estos hechos aislados no suponen una infracción grave, aunque de forma conjunta impliquen una actitud de rebeldía.

(SERVIMEDIA)
17 Dic 2000
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