EL SUPREMO ANULA LA DECISION DE UN AYUNTAMIENTO DE DECLARAR "NON GRATA" A TELEFONICA MOVILES POR INSTALAR ANTENAS SIN PERMISO
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El Tribunal Supremo ha anulado la decisión del Ayuntamiento de Agüimes (Gran Canaria) de declarar "non grata" a la empresa Telefónica de Servicios Móviles S.A., por instalar unas antenas en un edificio de esta localidad a pesar de que el cabildo había negado el permiso para ello por tratase de un inmueble protegido por la ley de Patrimonio Histórico.
El Supremo ha estimado que el consistorio cuenta con "suficientes mecanismos de autotela declarativa, ejecutiva y de coerción" para hacer que la empresa desmonte las antenas, sin tener que recurrir a "una descalificación formal que puede comportar un desprestigio" para la empresa.
El ayuntamiento canario declaró a la filial de Telefónica "non grata" en febrero de 1998, después de que ésta instalase una estación base de telefonía móvi en uno de los edificios de la localidad sin el preceptivo permiso municipal y, posteriormente, se negase a retirarla.
El acuerdo del cabildo aseguraba que la empresa de telefonía móvil había actuado con "desfachatez y prepotencia" y se había saltado "a la torera" las órdenes del ayuntamiento para retirar la instalación.
Los hechos se remontan a marzo de 1997, cuando Telefónica de Servicios Móviles S.A. comenzó a instalar una estación base en un edificio de Agüimes antes incluso de haber solicitao licencia municipal para hacerlo.
El ayuntamiento denegó la autorización de la instalación en junio de ese año, porque el inmueble utilizado por la empresa estaba protegido por la ley de Patrimonio Histórico, y conminó a Telefónica a revertir el estado de la azotea utilizada a la situación que tenía antes de la instalación.
(SERVIMEDIA)
12 Dic 2003
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