REFORMA LABORAL. EL SENADO APRUEBA EN COMISION LAS MODIFICACIONES DEL PP SOBRE EL CONTRATO DE RELEVO Y LOS CONTRATOS DE LAS ETT
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Con los votos del PP, la Comisión rechazó los tres vetos presentados por PSO, Entesa Catalana de Progrés e Izquierda Unida, y las más de 150 enmiendas de estos mismos grupos más CiU, PNV y Coalición Canaria.
Unicamente se ha consensuado entre populares y nacionalistas catalanes una enmienda eminentemente técnica sobre las modalidades del contrato de trabajo en lo referente a trabajadores extranjeros, mientras que han aplazado hasta el debate en el pleno un posible acuerdo sobre otra enmienda de CiU para que los contratos de inserción sólo puedan ser realizados por empresas qu tengan una función específica en este campo.
Una de las modificaciones introducidas en el trámite aprobado hoy permite que los trabajadores mayores de 60 años, siempre que tengan derecho a una pensión contributiva, reduzcan su jornada laboral y su salario desde un mínimo del 25% hasta un máximo del 80%. Si son mayores de 65 podrán compaginar salario y pensión.
En caso de que sea menor de 65 años, la empresa tendrá la obligación de realizar un contrato de relevo a un parado o a un empleado no fij de la empresa que se prolongará por el tiempo que al trabajador que reduce su jornada le quede hasta la edad de jubilación.
Este contrato podrá ser a tiempo completo o parcial, pero nunca inferior al tiempo que deja de trabajar el empleado que disminuye su jornada. Además, se mantendrá el mismo puesto de trabajo o similar e idéntica categoría profesional. También se permite a la negociación colectiva establecer mecanismos para fomentar el uso del contrato de relevo.
Las nuevas modificaciones incuyen que las empresas de trabajo temporal puedan realizar a un trabajador un contrato que les permita cubrir los servicios que demanden varias empresas, con la salvedad de que estos servicios tendrán que conocerse en el momento de firmar el contrato con la ETT.
Asimismo, se extenderá el coste cero para las empresas de trabajo temporal que suministren el trabajador para la sustitución de una baja maternal en otra empresa.
(SERVIMEDIA)
13 Jun 2001
L