REFORMA LABORAL. EL CONGRESO APRUEBA LA REFORMA QUE SUPONE PENALIZAR MAS LA CONTRATACION TEMPORAL
- Se modifican los contratos de relevo, los contratos de las ETT y se incluyen reformas sobre empresas de inserción
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El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó a última hora de ayer con los votos a favor de PP, CiU y Coalicin Canaria, la abstención del PNV y la oposición de PSOE, IU y el Grupo Mixto, la reforma laboral que se aplicará a los nuevos contratos con la intención de frenar el alto índice de temporalidad del mercado laboral español.
En este sentido, los dos puntos más destacados de la reforma son elevar un 36% las cotizaciones por contingencias comunes a la Seguridad Social para los contratos temporales inferiores a siete días de duración y establecer una indemnización por despido para los trabajadores no fijosde un mínimo de 8 días por año trabajado.
Además, se permite a los trabajadores mayores de 60 años, siempre que tengan derecho a una pensión contributiva, que reduzcan su jornada laboral y su salario desde un mínimo del 25% hasta un máximo del 80%. Si son mayores de 65 podrán compaginar salario y pensión.
En caso de que sea menor de 65 años, la empresa tendrá la obligación de realizar un contrato de relevo a un parado o a un empleado no fijo de la empresa, que se prolongará por el tiempo que al tabajador que reduce su jornada le quede hasta la edad de jubilación.
Las nuevas modificaciones permiten también que las empresas de trabajo temporal puedan realizar a un trabajador un contrato que les permita cubrir los servicios que demanden varias empresas, con la salvedad de que estos servicios tendrán que conocerse en el momento de firmar el contrato con la ETT.
Asimismo, se extenderá el coste cero para las empresas de trabajo temporal que suministren el trabajador para la sustitución de una aja maternal en otra empresa.
Por otra parte, se han introducido delimitaciones sobre las empresas de inserción, de manera que las que cumplan el requisito de tener más de un 30% de trabajadores pertenecientes a colectivos considerados como excluidos, se puedan beneficiar de incentivos, independientemente de su naturaleza jurídica.
Esta empresas podrán además inscribirse voluntariamente en un registro público y, además de acceder al 65% de las bonificación en la cotizaciones sociales, podrán desarollar programas en colaboración con las comunidades autónomas y con los servicios públicos de empleo.
Finalmente, el nuevo modelo adecúa el permiso de maternidad a los casos de nacimientos prematuros, de manera que las madres puedan atender a sus vástagos durante el tiempo que permanezcan ingresados en unidades de neonatología y sigan disponiendo de parte de su permiso una vez que sean dados de alta.
(SERVIMEDIA)
28 Jun 2001
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