Amnistía
La propuesta de ley de amnistía contempla incluir esta figura en el Código Penal
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La propuesta de ley de amnistía que ultima el PSOE con sus socios parlamentarios contempla incluir expresamente esta figura en el Código Penal, para lo cual se plantea modificar esta última norma, que incluye las circunstancias por las que puede extinguirse una responsabilidad penal.
Así se recoge en el texto de la proposición de ley sobre la amnistía que los socialistas han entregado a otros grupos parlamentarios antes de que el mismo sea presentado oficialmente en el Registro del Congreso.
En este documento, al que ha tenido acceso Servimedia, se recoge una “disposición adicional primera”, por el que se modifica el apartado 1 del artículo 130 del Código Penal.
Este artículo alude a las circunstancias por las que queda extinguida la "responsabilidad criminal" de un condenado en España. Así, el punto cuarto de este artículo incluye como causa de la desaparición de esta culpa “la amnistía o el indulto”. Actualmente, en la norma sólo figura esta segunda parte, que es ser indultado.
OTRAS CAUSAS DE EXTINCIÓN
Otros supuestos de fin de la responsabilidad criminal, que ya figuran en el Código Penal, son “la muerte del reo”, “el cumplimiento de la condena” y “la remisión definitiva de la pena, conforme a lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 87”. También se pone fin a este pasado penal “por la prescripción del delito” o “por la prescripción de la pena o de la medida de seguridad”.
Otro factor de extinción es “el perdón de la persona ofendida, cuando se trate de delitos leves perseguibles a instancias de la persona agraviada o la ley así lo prevea”. Se añade que “el perdón habrá de ser otorgado de forma expresa antes de que se haya dictado sentencia, a cuyo efecto la autoridad judicial sentenciadora deberá oír a la persona ofendida por el delito antes de dictarla”.
Es necesario también escuchar a la víctima “en los delitos cometidos contra personas menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que afecten a bienes jurídicos eminentemente personales, el perdón de la persona ofendida no extingue la responsabilidad criminal”.
(SERVIMEDIA)
13 Nov 2023
NBC/KRT/clc