Tribunales
La ponencia del TC sobre la ley de eutanasia avala su constitucionalidad porque el derecho a la vida no es absoluto
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Pleno del Tribunal Constitucional incluye en su orden del día para la próxima semana la deliberación sobre la ponencia del magistrado Ramón Sáez en relación al recurso de Vox contra la Ley de Eutanasia. El texto avala la constitucionalidad de la norma al entender que el derecho a la vida no es absoluto, sino que deber ser puesto en relación con el derecho a la dignidad y libertad personal.
La norma fue impulsada por el Gobierno de coalición y es uno de los proyectos destacados del Ejecutivo en esta legislatura. Previsiblemente, la mayoría de magistrados progresistas en el Constitucional apoyará la ponencia que ha comenzó a debatirse la pasada semana.
La Ley de Eutanasia recurrida entró en vigor en junio de 2021. Su aplicación supone el derecho de los ciudadanos a una prestación del Sistema Nacional del Salud que consiste en proporcionar los medios necesarios a una persona que ha manifestado su deseo de morir, y de acuerdo al procedimiento y garantías establecidos en la Ley, para cumplir esa aspiración. Pueden acogerse quienes sufran “una enfermedad grave e incurable” o un “padecimiento grave, crónico e imposibilitante” que afecte a la autonomía y que genere un “sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable”.
El solicitante podrá acceder a la eutanasia unas cinco semanas después de solicitarla y tras ser informado sobre los cuidados paliativos disponibles y después de confirmar su voluntad de morir al menos en cuatro ocasiones a lo largo de todo el proceso. El desistimiento se puede producir en cualquier momento del proceso.
El recurso de Vox estima que la norma atenta contra el derecho a la vida recogido en el artículo 15 de la Constitución y en el artículo 2 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos. En su escrito se puede leer que esta ley supone “una derrota de la civilización” y la victoria de la cultura de la muerte.
El Pleno del TC ya inadmitió las recusaciones promovidas por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y del Grupo Parlamentario Ciudadanos contra el magistrado Juan Carlos Campo y la magistrada Laura Díez, respectivamente, por presentarlas fuera de plazo en los recursos de inconstitucionalidad como, por ejemplo, en esta Ley de la Eutanasia.
La ponencia estima que la ley establece suficientes garantías de control de todo el proceso gracias a la intervención de una comisión de garantía y evaluación, compuesta por personal médico, de enfermería y juristas, que analizará cada caso de manera individual y autorizará, en su caso, la petición.
El magistrado ponente avala la constitucionalidad de los registros de profesionales sanitarios objetores y la negativa a participar en el proceso de quienes esgriman razones de conciencia, siempre que se haga de manera anticipada y por escrito. Tendrán siempre un carácter confidencial. Los registros de declarantes de objeción de conciencia se usarán por las Administraciones sanitarias para facilitar la organización y garantizar que se presta la ayuda solicitada por el paciente para morir.
(SERVIMEDIA)
15 Mar 2023
SGR/clc