LA MITAD DE LAS CONDENAS POR VIOLENCIA DOMESTICA QUE SON REBJADAS SE REFIEREN A CASOS DE ASESINATO Y VIOLACION

- Toma fármacos y/o drogas

- Le introduce los dedos en la vagina en lugar del pene o un objeto

- En vez de una puñalada la pega 70. Opcional: la patea 17 veces, la estrangula y la descuartiza

- Dice que su mujer eramuy fuerte y/o la gustaba sucumbir a los pecados de la carne

- Reconoce los hechos

- Dice estar arrepentido

MADRID
SERVIMEDIA

La Federación de Mujeres Progresistas ha elaborado un informe sobre 56 sentencias aparecidas en distintos medios de comunicación, y en las que sehan minimizado los delitos o se han rebajado las penas a hombres que han ejercido la violencia contra las mujeres, bien sea en forma de asesinato, violación, agresión sexual, abusos, malos tratos o cualquier otra forma de agresión.

Según este estudio, al que ha tenido acceso Servimedia, los delitos de asesinato, violación o intento de violación acaparan casi la mitad de los casos en los que la sentencia ha sido rebajada. En concreto, de las 56 sentencias rebajadas, el 23,21% se refieren a asesinatosy el mismo porcentaje a violaciones o intentos de violaciones.

Asimismo, los delitos por abusos sexuales suponen el 16,07% de las sentencias rebajadas y las agresiones sexuales el 12,5%. El 25% restante está referido a los delitos de agresión, malos tratos, lesiones, acoso sexual, amenazas de muerte, homicidio o intento de homicidio y secuestro.

El informe también revela una sustancial diferencia entre las sentencias rebajadas o minimizadas a los que cometen delitos contra las mujeres en Catauña y en el resto de España, sea cual sea la instancia jurídica a que se refieren.

En este sentido, la diferencia oscila entre un 44,6% de sentencias rebajadas correspondientes a Cataluña y el 16,07% de la comunidad que le sigue en importancia, que es Madrid. En concreto, en Cataluña 25 sentencias han sido rebajadas (16 de ellas en Barcelona), en Madrid 9, en Andalucía 4, en Castilla León y País Vasco 3, en Galicia y Canarias 2, en Aragón 1 y en el Tribunal Supremo 7.

Respecto a los motivos qe más se repiten para reducir las condenas destacan el considerarlos falta en lugar de delito, el que el hecho no fuera particularmente degradante, el que no dejara muchas secuelas o la "buena voluntad" del agresor, el arrepentimiento espontáneo del acusado o el buen comportamiento. Estas situaciones son la primera razón que se argumenta para rebajar las penas de los procesados, en concreto el 23,6% de las 56 sentencias referidas.

Tras estos motivos se señalan el arrebato, excitación del procesado, najenación mental, depresión o mejoría psquiátrica, senilidad y alcoholismo, que suponen el 18,42% de las penas rebajadas. También funcionó en un 15,7% de los casos alegar que la víctima ofreció una ligera o nula resistencia, que la víctima era fuerte o que les denunciaron por despecho.

Otras causas alegadas que sirvieron para rebajar la pena fueron el que "sólo" hubo penetración digital, el que el caso no creaba alarma social, que no hubiera pruebas suficientes o la ausencia de ensañamiento y alevoía.

Basándose en todos los datos recogidos, la federación ha elaborado un decálogo del agresor sin castigo:

- Se emborracha

- Toma fármacos y/o drogas

- Le introduce los dedos en la vagina en lugar del pene o un objeto

- La penetra bucalmente, pero luego le da un vaso de agua

- En vez de una puñalada la pega 70. Opcional: la patea 17 veces, la estrangula y la descuartiza

- Dice estar padeciendo una excitación que no puede controlar

- Dice que su mujer eramuy fuerte y/o la gustaba sucumbir a los pecados de la carne

- Se declara depresivo

- Reconoce los hechos

- Dice estar arrepentido

Para la federación que preside Enriqueta Chicano, estas sentencias, recogidas desde el 1 de enero al 10 de julio de 2000, no sólo atentan contra la dignidad de las mujeres sino contra el sentido común y la común idea de la justicia que tienen los ciudadanos.

Añade que con estas decisiones, "en las que se han rebajado las penas por los más variados mtivos", se está consiguiendo que las víctimas pierdan toda su confianza en la justicia ante la indefensión que sienten y, además, se está tolerando, "cuando no alentando", este tipo de criminalidad.

CLAMAN AL CIELO

El informe de la federación concluye con el repaso a diversas sentencias recogidas en distintos diarios españoles que, en su opinión, "claman al cielo o, cuanto menos, al sentido común".

Una sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra relata que Francisco Garriga Vil entróencapuchado en la casa, sacó a la mujer de 19 años de debajo de la cama amenazándola con un cuchillo, la amordazó, la ató de pies y manos, y consumó la penetración vaginal y bucal. Al final le redujeron la pena a siete años y medio porque "no fue particularmente degradante" y la resolución destacó la "buena voluntad" del violador, que le dio un vaso de agua al producirle arcadas la penetración bucal.

Otra del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña relata que un hombre pateó hasta 17 veces en la cbeza a la víctima, la estranguló hasta la muerte, la descuartizó y le arrancó los dientes, pero, según los jueces, no hubo "ni ensañamiento ni alevosía" y por ello le rebajaron en 7 años la pena, de 22,5 a 15 años.

Entre todas las sentencias recogidas, la federación destaca "una honrosa excepción". Se trata del Juzgado de lo Penal número 23 de Barcelona. Sergio Peregrín Sala se peleó con su compañera sentimental, Mercedes Ayala, a la que maltrató, golpeó y arrastró hasta el cuarto de baño, donde le ntrodujo la cabeza en el inodoro y tiró de la cadena.

En este caso, aunque el magistrado reconoce que no hay pruebas de que le introdujese la cabeza en el retrete, cree a la mujer y le condena como autor de un delito contra la integridad moral. Le condenaron a 1 año y 630.000 pesetas de multa, pero lo realmente importante, según la federación, es que es la primera sentencia que reconoce que los malos tratos físicos implican una agresión contra la integridad moral de las mujeres que son asimilables e muchos casos a las situaciones de tortura.

El 6 de mayo de 2000 la Audiencia de Barcelona ratificó la sentencia apuntando que "el ánimo de menoscabar la integridad moral de la vítima resulta evidente. Ese no es el trato que merece un ser humano por discutir con su pareja, y la humillación es mayor por ser su pareja". De nuevo equipara la violencia doméstica a una forma de tortura.

(SERVIMEDIA)
19 Jul 2000
SBA