LASA-ZABALA. EL SUPREMO DICE QUE NO SE PUEDE LUCHAR CONTRA ETA VIOLANDO LOS VALORES DEL ESTADO QUE SE PRETENDEN PROTEGER
- Añade cuatro años de cárcel a la pena impuesta en su día a Rodríguez Galindo y otros cuatro condenados más por el "caso Las y Zabala"
- No está probado que pertenecieran a los GAL
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo considera que no se puede combatir el terrorismo violando precisamente el respeto a los valores que definde el Estado de Derecho, según consta en una sentencia por la que añadió cuatro años de cárcel a la condena impuesta en su día al general de la Guardia Civil Enrique Rodríguez Galindo y a los otros cuatro condenados por el secuestro y asesinato de José Antonio Lasa y JoséIgnacio Zabala, ocurrido en 1983.
"La gravísima acción (enjuiciada) constituye un caso de perversión de los medios en atención a los fines, con olvido que desde la legitimidad de la sociedad a defenderse del terror, esta defensa sólo puede llevarse a cabo desde el respeto a los valores que defiende el Estado de Derecho, y, por tanto, sin violar lo que se afirma defender", dicen los magistrados.
Para aumentar la pena, los magistrados consideran agravante el abuso que hicieron los condenados de su ondición de funcionarios públicos en el momento de cometer los hechos enjuiciados, por lo que les impone dos años más de cárcel por cada uno de los dos delitos de detención ilegal.
Así, la pena impuesta en su día por la Audiencia Nacional al general Enrique Rodríguez Galindo y el ex gobernador civil de Guipúzcoa Julen Elgorriaga pasa de 71 años de cárcel para cada uno a un total de 75.
Además, la condena del capitán de la Guardia Civil Angel Vaquero pasa de 69 años a 73 años de prisión, mientras ue la de los ex miembros de la Benemérita Enrique Dorado y Felipe Bayo se convierte en 71 años y 8 meses de cárcel. Estos dos últimos habían sido condenados a 67 años y 8 meses de prisión cada uno.
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
Además, los magistrados confirman la responsabilidad civil subsidiaria del Estado en este caso. A su juicio, está acreditado que las personas condenadas, todas funcionarios públicos y "algunas investidas de autoridad [...] pusieron al servicio de su designio delictivo su autoridd y medios de los que disponían, sustrayéndolos a su legítimo destino".
Para la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, "existió una evidente conexión entre los delitos cometidos y sus funciones públicas y de ahí surge la responsabilidad civil subsidiaria del Estado".
Según la sentencia de la Audiencia Nacional confirmada hoy, los cinco condenados por el "caso Lasa y Zabala" deben indemnizar solidariamente a las familias de José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala con 25 millones de pesetas para caa una de ellas. De esta cantidad responderá el Estado como responsable civil subsidiario.
Por otra parte, los magistrados del Supremo rechazan castigar a los cinco condenados por pertenencia a banda armada, concretamente a los GAL, por estimar que no está suficientemente acreditado.
En este sentido, explican que el nacimiento de los GAL se sitúa el 14 de diciembre de 1983, cuando el secuestrado francés Segundo Marey es abandonado en Francia el día indicado con un comunicado de la mencionada bandaterrorista en el bosillo. "Los hechos ahora enjuiciados fueron cometidos en octubre de 1983", añaden los magistrados.
EL CRIMEN
Los magistrados consideran probado que José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala desaparecieron en la noche del 15 de octubre de 1983, cuando unos desconocidos, por orden de Rodríguez Galindo, "les abordaron y lograron inmovilizarlos e introducirlos en los coches que llevaban y, con ellos ocultos, pasaron la frontera y llegaron a San Sebastián".
Lasa y Zabala fueron trasadados hasta el Palacio de la Cumbre, donde fueron interrogados durante varios días por Dorado y Bayo, quienes seguían órdenes de Vaquero, instruido previamente por Rodríguez Galindo. Este último, junto con el ex gobernador civil de Guipúzcoa, visitó a las víctimas el primer día, mientras que el jefe inmediato de Dorado y Bayo los "visitó con frecuencia".
"Concluidos los interrogatorios", continúa el relato de hechos probados, Rodríguez Galindo, Elgorriaga, Vaquero, Dorado y Bayo acordaron matar a Las y Zabala para hacerlos desaparecer. "Decidieron llevarlo a cabo en un paraje aislado, que les permitiese deshacerse de los cuerpos".
Así, Dorado y Bayo, junto con otras personas, trasladaron hasta la Foya de Coves, término municicpal de Busot (Alicante), a Lasa y a Zabala, a quienes previamente habían atado, amordazado y vendado los ojos, para posteriormente dispararles en la cabeza, provocándoles la muerte inmediata.
"Después arrojaron los cuerpos, sin ropa, aún amordazados y con unas vendas, auna fosa que habían preparado [...] y los cubrieron con tierra y con más de 50 kilos de cal viva", agrega la sentencia.
El asesinato fue reivindicado por los GAL mediante llamada telefónica a la Cadena Ser de Alicante el 20 enero de 1984. Un año después, un cazador de la zona descubrió restos de huesos humanos, algunos dentro de un hoyo y otros "esparcidos por la acción de las alimañas".
Los cadáveres no fueron identificados y quedaron despositados en el cementerio municipal de Alicante, donde pemanecieron hasta diez años después, cuando Jesús García, entonces jefe de la Policía Judicial de los juzgados de Alicante, empezó a sospechar que esos restos humanos podían pertenecer a Lasa y a Zabala, cuya desaparición había sido denunciada por sus familias.
Posteriormente, las pruebas científicas confirmaron la tesis de Jesús García, quien falleció cuando comparecía como testigo ante el tribunal que juzgó el asesinato y secuestro de Lasa y Zabala.
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional qe juzgó el caso, presidida por Siro García y compuesta además por los magistrados Carlos Cezón y Manuela Fernández Prado, consideró que Rodríguez Galindo y los otros cuatro condenados son culpables de dos delitos de detención ilegal y otros dos de asesinato, lo que ha sido confirmado hoy por el Supremo.
Además, los magistrados impusieron a los cinco condenados la pena accesoria de suspensión de cargo público durante todo el tiempo de la condena.
(SERVIMEDIA)
25 Jul 2001
VBR