IU EXIGE AL GOBIERNO QUE ELIMINE LOS "PRIVILEGIOS" DE FINANCIACIÓN DE LA IGLESIA CATÓLICA
- IU-ICV y ERC quieren una nueva ley que garantice la laicidad en los actos públicos y las escuelas
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Izquierda Unida ha registrado al comienzo de la legislatura una proposición no de ley en la que emplaza al Gobierno a revisar los acuerdos con la Santa Sede y el sistema de financiación de la Iglesia católica, de forma que "no tenga un trato de privilegio respecto a otras religiosas".
En una iniciativa parlamentaria registrada el 29 de abril en la Cámara Baja, IU-ICV pedía al Gobierno la reforma de la ley Orgánica de Libertad Religiosa aprobada en 1980, modificación que ayer fue anunciada por la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega.
En esta misma propuesta pedía la reforma de la Ley de Asociaciones para propiciar que, en su ámbito de aplicación, la Iglesia católica no reciba ningún privilegio respecto a otras confesiones.
El grupo formado por IU-ICV y ERC presentó además el 8 de abril una proposición de reforma de la Ley de Libertad Religiosa con el argumento de que la normativa vigente "omite en su regulación y aplicación otras opciones de conciencia diferentes de las opciones religiosas y deja al margen de toda regulación el tratamiento de la libertad ideológica".
El objetivo de esta proposición de ley es regular "el ejercicio de los derechos de libertad de pensamiento, conciencia y religión o creencia, y será de aplicación a todas las personas físicas y jurídicas del territorio del Estado Español".
"Las creencias, las opciones de conciencia y las prácticas religiosas, así como los actos culturales que se desarrollen en virtud de ellas, no podrán constituir motivo de desigualdad o discriminación ante la Ley", añade la iniciativa. "No podrán ser alegados motivos religiosos para impedir a nadie el ejercicio de cualquier trabajo o actividad o el desempeño de cargos o funciones públicas".
Además, determina que "los poderes públicos no privilegiarán ni discriminarán a ninguna creencia u opción de conciencia respecto a otras", y que las creencias, y especialmente las confesiones y comunidades religiosas, están separadas de los poderes públicos y son libres en su organización y en el ejercicio de sus funciones religiosas o espirituales y de culto, con el debido respeto a la ley.
ACTOS OFICIALES LAICOS
"En ningún caso podrán trascender los fines que les son propios y equipararse a los poderes públicos ocupando institucionalmente una igual posición jurídica. La neutralidad de los poderes públicos impide cualquier tipo de confusión entre sus funciones y las religiosas o espirituales", prosigue. "En los actos oficiales y en el protocolo de las Administraciones Públicas será respetado el principio de laicidad".
Para IU-ICV y ERC, los cargos públicos e institucionales deberán abstenerse de participar en ceremonias o ritos de cualquier creencia en el desempeño de sus responsabilidades,las diversas creencias, incluyendo las confesiones y comunidades religiosas, se regirán por las leyes reguladoras del derecho de asociación, y las subvenciones a las diversas creencias serán finalistas y obedecerán a la Ley General de Subvenciones.
Las fundaciones ligadas a las diversas creencias, incluyendo confesiones y comunidades religiosas se regirán por lo establecido en la Ley de Fundaciones; el patrimonio de las diversas creencias, incluyendo confesiones y comunidades religiosas, se incluirá en la regulación del Patrimonio Histórico Español, y el Estado y restantes poderes públicos mantendrán relaciones de cooperación con las diversas confesiones.
La iniciativa garantiza el derecho a recibir asistencia personal de la propia confesión, filosofía o credo a los miembros de las Fuerzas Armadas y a los internos en centros o establecimientos penitenciarios, hospitalarios, asistenciales u otros análogos del sector público.
Asimismo, establece que las diversas creencias podrán realizar matrimonios según sus propias ceremonias y credos para el reconocimiento de su comunidad. Para el pleno reconocimiento de los efectos civiles de estos matrimonios se requerirá necesariamente la celebración del matrimonio según lo establecido en la Sección II del Capítulo III del Código Civil. Los efectos civiles se reconocen desde la fecha de esta celebración.
EDUCACIÓN ACONFESIONAL
En cuanto a la educación, el Estado garantizará un sistema de educación pública, aconfesional y coherente con los valores democráticos. La educación escolar estará dirigida a la creación de ciudadanas y ciudadanos libres, iguales, críticos y cultos.El Estado reconoce el derecho individual a recibir la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con las convicciones propias
"Los poderes públicos garantizarán el derecho que asiste a las madres y padres para que sus hijos e hijas reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones", continúa. "la formación religiosa y moral establecida en los dos apartados anteriores será impartida por las personas que las diferentes creencias decidan".
Estas formaciones plantean que sean considerados lugares del culto los edificios o locales destinados de forma exclusiva a la práctica habitual de la oración, culto o servicio religioso, formación y asistencia moral o religiosa común, cuando así lo manifiesten los colectivos o comunidades, sean de carácter religioso o de cualquier otra opción de pensamiento o creencia, al momento de su inscripción en el Registro o posteriormente interesen su anotación en dicho Registro si se trata de edificios o locales de nueva creación.
(SERVIMEDIA)
01 Mayo 2008
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