HOY ENTRAN N VIGOR LAS REFORMAS INTRODUCIDAS EN EL MERCADO DE TRABAJO
- Se incrementará un 36% la cotización para los contratos de menos de siete días y se regula el contrato de relevo
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La reforma laboral, aprobada por el Gobierno el pasado 2 de marzo mediante Real Decreto, entra en vigor hoy, después de cuatro meses de tramitación parlamentaria en los que se han introducido, como principales novedades, el incremento de las cotizaciones para los contratos de menos de siete ías y una nueva regulación del contrato de relevo.
Desde hoy los empresarios que hagan un contrato inferior a siete días deberán pagar un 36% más de cotizaciones a la Seguridad Social por contingencias comunes.
Además, se modifica el contrato de relevo con el objeto de que un trabajador pueda ocupar la jornada de trabajo que deja libre una persona que se jubila parcialmente. En cuanto a los permisos de maternidad, se permite que en los casos de hijos prematuros que requieran hospitalización, la mdre o el padre puedan comenzar a disfrutar de las segundas diez semanas de permiso cuando el hijo sea dado de alta.
Durante su paso por el Congreso, se introdujeron modificaciones en los contratos de formación, por las que no se aplica el límite máximo de edad a los alumnos-trabajadores de las escuelas taller y a los extranjeros siempre que no acrediten formación y experiencia.
La situación de exclusión social se determina por ser perceptor de rentas mínimas de inserción o haber agotado el límitelegalmente establecido; a los jóvenes menores de 30 años procedentes de instituciones de protección de menores, los internos de centros penitenciarios y a las personas con problemas de drogadicción o alcoholismo.
En el Senado se aprobó la regulación de las empresas de promoción e inserción laboral, quedando definidas como tales aquellas que dediquen al menos el 30% de sus puestos de trabajo al empleo de personas en riesgo o situación de exclusión social.
Además, se estableció la posibilidad de apicar a los trabajadores fijos discontinuos las bonificaciones establecidas para el programa de fomento de la contratación estable. Por último, se regula la posibilidad de que las ETT formalicen un solo contrato de trabajo para cubrir varias ofertas posteriores, siempre que estén determinados y respondan a un caso de contratación eventual.
(SERVIMEDIA)
11 Jul 2001
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