EL GOBIERNO CONSIDERA LA DEFENSA DEL ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL UNO DE LOS "INTERESES VITALES" QUE DEBE PRESERVAR EL EJERCTO

- En caso precisar la movilización general, los ciudadanos podrán ejercer su derecho de objeción de conciencia y no ser obligados a usar armas

MADRID
SERVIMEDIA

El Libro Blanco de la Defensa redactado por el Gobierno español considera el mantenimiento del actual "ordenamiento constitucional"uno de los "intereses vitales" que el Ejército debe preservar a toda costa de cualquier agresión, junto a las que pongan en riesgo la integridad del territorio peninsular y extrapeninsular, la población, la soberanía o la independencia.

El documento, cuyo contenido íntegro fue presentado esta tarde por el ministro de Defensa, Eduardo Serra, en un acto celebrado en la sede de la Asociación de la Prensa de Madrid, bosqueja en sus 276 páginas el diseño de lo que serán en el futuro las Fuerzas Armadas espñolas, su composición, objetivos y alianzas exteriores.

El Ejecutivo entiende que los "intereses vitales" en los que debe intervenir el Ejército "son aquellos que España está dispuesta a proteger y, llegado el caso, a defender ante cualquier riesgo o amenaza por afectar a su supervivencia como nación. Su defensa es, por tanto, -añade- irrenunciable y exige subordinar a ella la de cualquier otro interés".

En este sentido, el Libro Blanco expone que los "intereses vitales" son, en realidad, "los elmentos constitutivos del Estado que deben preservarse de cualquier agresión: el territorio peninsular y extrapeninsular con sus accesos aéreos y marítimos, la población, el ordenamiento constitucional, la soberanía y la independencia". Sobre este particular, no se especifica el origen de una posible agresión, que podría ser exterior o interior. En cualquier caso, el papel del Ejército estaría claramente definido.

En relación a esta cuestión, en un apartado posterior, Defensa establece su concepto de etrategia militar, es decir, el "modus operandi" que desarrollaría frente a agresiones como las mencionadas.

Así, dedica un capítulo completo a explicar que la "disuasión" siempre será el primer referente a tener en cuenta, por encima de cualquier acción, salvo en casos de máxima gravedad, en que fuera imprescindible dar "una respuesta resuelta y proporcionada".

"Nuestra estrategia militar", indica el Libro Blanco, "se caracteriza por la idea de anticiparse al conflicto mediante una combinación dedisuasión y prevención o, si el conflicto llegase a desencadenarse, por dar una respuesta resuelta y proporcionada (...) limitando al máximo los efectos no deseados".

Agrega que el poder de la disuasión "se basa en la credibilidad, que es función de la entidad, preparación y disponibilidad de la fuerza y de la decidida voluntad de su empleo en caso necesario".

GUERRA TOTAL

Por otro lado, se refiere el documento de Defensa a la posibilidad de un conflicto armado generalizado para subrayar que "ete escenario es poco probable que se presente". No obstante, al reflejar dicha posibilidad, determina que las Fuerzas Armadas deben estar preparadas para afrontar ese riesgo.

"Una situación semejante", apunta al respecto, "se presentaría probablemente con un tiempo considerable de preaviso y no por sorpresa, por lo que existirán planes para la generalización de fuerzas adicionales y para la obtención de recursos extraordinarios para la Defensa".

En este amplio contexto referido a la participaciónactiva de las Fuerzas Armadas, se enmarca el capítulo dedicado a los objetivos y líneas básicas de actuación de la política de defensa, contenidos en la Directiva de Defensa Nacional aprobada por el Ejecutivo en 1996.

Los tres ejes básicos son la consolidación de la presencia española en las organizaciones internacionales de seguridad y defensa; mejorar la eficacia de las Fuerzas Armadas; y conseguir de los españoles una mayor comprensión y apoyo a las necesidades de la Defensa.

En este punto, elLibro Blanco hace una especial mención a otros tipos de misiones no estrictamente militares. Las misiones previstas para paliar los efectos devastadores de catástrofes naturales se incluyen en este apartado; pero también la posibilidad de que el Ejército sea llamado a colaborar en la lucha contra el terrorismo internacional, el narcotráfico, el crimen organizado o la inmigración clandestina, "realizando tareas de vigilancia o de apoyo técnico adecuadas a sus capacidades específicas".

Agrega el documeno que la posible actuación de las FAS en estos casos "se realizará en apoyo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de conformidad con los criterios de coordinación que se establezcan legal y reglamentariamente" en cooperación con las estructuras civiles.

SOLDADOS Y OBJETORES

El Libro Blanco apenas aporta nada nuevo en relación con las previsiones que sobre el número de efectivos y plazos para concluir el proceso de profesionalización de las FAS había establecido en su día la Comisión Mixt Congreso-Senado, que debatió esta cuestión, y, posteriormente, la Ley de Régimen de Personal, de mayo del año pasado.

Así, se indica que el número de oficiales y suboficiales que compondrá el futuro ejército profesional será de 48.000, y entre 102.000 y 120.000 el de militares profesionales de tropa y marinería.

Para el 31 de diciembre del 2002 se espera que la cifra de efectivos de las FAS sea de 168.000, lo que cumpliría el objetivo previsto por el Parlamento, dentro de la horquilla de 150.000a 170.000 militares profesionales. Si todo se desarrolla conforme a lo previsto, se habrá pasado de 373.000 militares censados en 1984 a la cifra mencionada.

No obstante, la reducción de efectivos del Ejército, como consecuencia de la desaparición del servicio militar obligatorio, no debería poner en riesgo la integridad y modelo de seguridad de España.

A los efectos, el Libro Blanco establece los mecanismos referidos a la movilización general "en caso de riesgo grave". Para ello, determina tres ipos de reservistas: temporal, voluntario y obligatorio.

Tendrán consideración de reservistas temporales los militares profesionales que hubieran cesado en su relación con las FAS. Voluntarios serán aquellos que resulten seleccionados tras optar a las plazas que se convoquen al efecto. En cuanto a los reservistas obligatorios, serán todos aquellos ciudadanos declarados como tales por el Gobierno, previa autorización del Congreso de los Diputados, "cuando las necesidades de la Defensa lo hagan necesari".

No obstante, se establece como novedad que en la incorporación de reservistas obligatorios "se respete el derecho a la objeción de conciencia, que se admitiría con la simple declaración de los interesados, por lo que en caso de una incorporación obligatoria serían asignados a organizaciones con fines de interés general en la que no se requiera el uso de las armas".

(SERVIMEDIA)
28 Mar 2000
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