EL GOBIERNO APRUEBA UN REGLAMENTO SOBRE CLASIFICACION, ENVASADO Y ETIQUETADO DE PREPARADOS PELIGROSOS
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El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto que aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos y que adapta seis directivas comunitarias, una en materia de preparados peligrosos y la cinco restantes que la desarrollan y adaptan a los progresos técnicos.
En reglamento recoge, entre sus objetivos, los graves riesgos que la manipulación, fabricación y uso de estos productos conlleva y plantea el reforzamiento de la protección de la salud y seguridad del hombre, de los animales y del medio ambiente, tanto para la población en general, como para los que por razón de su trabajo estén en contacto con los mismos.
Además, y por primera vez, según el Gobierno, se regula la denomindad ficha de datos de seguridad" en la que se contiene una información exhaustiva sobre las condiciones y características de los productos, elaborada por el responsable de su comercialización.
Los preparados peligrosos se clasifican atendiendo a su índice de peligrosidad en los mismos catorce grupos en los que los clasificaba el Reglamento de sustancias, que contempla qué preparados deben considerarse tóxicos o muy tóxicos, nocivos, corrosivos, irritantes para la piel, para los ojos o para las vías respirtorias, los que pueden ocasionar lesiones oculares graves y los carcinogénicos, mutagénicos, teragénicos y los que presenten efectos específicos no bien definidos todavía para la salud humana.
En cuanto al requisito del evasado, se establece que se evite pérdida de contenido, que no pueda ser atacado por la sustancia envasada o que sea fuerte y resistente. Se prohíbe que los recipientes vendidos al público tengan forma o decoración que pueda atraer o excitar la curiosidad activa de los niños e inducira error al consumidor o que presenten medicamentos o los cosméticos.
Se excluyen del ámbito de aplicación del Reglamento aquellos productos considerados peligrosos, pero que tienen legislación reguladora específica, como medicamentos de uso humano o veterinario; cosméticos; municiones y explosivos, entre otros.
(SERVIMEDIA)
02 Jul 1993
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