EL GOBIERNO APRUEBA LA LEY DE LA VIDEOVIGILANCIA, QUE RESPONSABILIZA A LA ORGANIZACION DE DAÑOS EN MANIFESTACIONES

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó hoy el proyecto de Ley de la Videovigilancia que regulará la utilización de videocámaras por parte de las Fuerzas y Cuerposde Seguridad del Estado en actuaciones policiales desarrolladas en lugares públicos contra la violencia callejera en todas sus formas.

El proyecto de Ley se acompaña de la modificación de varias normas vinculadas con la seguridad en los espacios públicos. Así, en la Ley Reguladora del Derecho de Reunión se diseña un nuevo sistema de responsabilidad por daños a terceros causados en manifestaciones, y en la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana se perfilan responsabilidades de quienes promuevan reniones incumpliendo lo previsto en la citada Ley Reguladora del Derecho de Reunión o se nieguen a disolverlas.

El proyecto de ley recoge las alegaciones formuladas por el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado en diversos temas. Así, queda establecido que la captación de datos, bajo cualquier forma, por parte de la Policía y, mediante el uso de sistemas de videovigilancia, garantizará los derechos y libertades de los ciudadanos, según informó hoy el Gobierno, que considera, en una nta oficial, que "su uso está asumido con naturalidad por la ciudadanía".

Al mismo tiempo, se prevé un sistema de autorización previa para instalar las cámaras fijas en espacios públicos. Esta autorización, que se dará por un tiempo y para unos espacios determinados, será informada con carácter preceptivo por una comisión de ámbito territorial autonómico, presidida por un magistrado, en la cual será mayoritaria la participación del Ministerio del Interior o del órgano autonómico con competencia en mateia de seguridad ciudadana.

El uso de las cámaras de video se atendrá, según el proyecto de ley, al principio de proporcionalidad, en su doble vertiente de idoneidad de la medida para el fin que se persigue, y de intervención mínima.

Por otra parte, sólo será posible la utilización de cámaras móviles en espacios donde haya instalaciones fijas o con autorización del responsable provincial que se determina en la ley, salvo casos excepcionales, en los cuales habrá de informarse a la comisión y poner,en su caso, a disposición de la misma la correspondiente grabación.

Respecto del derecho de acceso y cancelación por parte de los ciudadanos de las cintas grabadas, el proyecto de Ley establece que el mismo sólo podrá ser denegado motivadamente. Para facilitar el ejercicio de estos derechos y el adecuado destino de las grabaciones se creará un Registro de instalaciones fijas de videocámaras. En cualquier caso se regula que las cintas serán destruídas en el plazo de un mes y puestas a disposición de laautoridad judicial en 72 horas.

El proyecto reconoce las competencias que, en esta materia, tienen las comunidad de Cataluña y País Vasco, e introduce una disposición para permitir el posterior desarrollo del texto por las mismas.

(SERVIMEDIA)
13 Sep 1996
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