GIL DEBERA ABANDONAR LA ALCALDIA DE MARBELLA EN LOS PROXIMOS DIAS
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El presidente del Atlético de Madrid, Jesús Gil y Gil, deberá abandonar la Alcaldía de Marbella en los próximos días, cuando la Audiencia Provincial de Málaga ejecute la sentencia de 28 años de inhabilitación confirmada hoy por el Tribnal Supremo, según informaron fuentes jurídicas.
La Sala de lo Penal de el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia por la que la Audiencia Provincial de Málaga condenó a Jesús Gil a 28 años de inhabilitación especial para el cargo público de alcalde de ayuntamiento u otro análogo, así como a seis meses de arresto mayor y a una multa de un millón de pesetas, por su implicación en el denominado "caso de las camisetas" del Atlético de Madrid.
Los jueces de la Audiencia Provincial de Málaga le codenaron por cuatro delitos de prevaricación, dos de ellos en concurso con tráfico de influencias, y le absuelve de falsedad, malversación de caudales públicos y fraude.
Según consta en el fallo, hecho público hoy, los magistrados del Alto Tribunal han rechazado así los recursos de casación presentados por el Ministerio Fiscal, Jesús Gil, Pedro Román Zurdo, teniente alcalde de Marbella; y el abogado y director gerente de Eventos 2.000 Modesto Perodia, también condenados por este caso.
En una decisón cuyos argumentos serán conocidos en los próximos días, el Tribunal Supremo confirma íntegramente la sentencia dictada el 10 de octubre de 2000 por la Audiencia Provincial de Málaga, que absolvió, entre otros, a Miguel Angel Gil Marín, hijo del presidente del Atlético de Madrid.
Así, quedaron libres de culpa José Luis Sierra Sánchez, ex abogado de Gil; el vicepresidente del Atlético de Madrid, Enrique Cerezo; los tenientes de alcalde de Marbella Rafael González Carrasco y Julián Muñoz; al igual que uis Cuervas y José María del Nido, ex presidente y ex vicepresidente del Sevilla, respectivamente.
La sentencia confirmada condenó al teniente de alcalde de Marbella, Pedro Román Zurdo, a 9 años de inhabilitación especial para el cargo público que venía ejerciendo u otro análogo. La misma pena, pero para ejercer el cargo de gerente de sociedad municipal, recayó en el director gerente de Eventos 2.000, Modesto Perodia Cruz-Conde.
Tanto Román Zurdo como Modesto Perodia fueron condenados por un delio de prevaricación, mientras que, al igual que Gil, han sido absueltos de los delitos de falsedad, malversación de caudales públicos y fraude,
HECHOS PROBADOS
La Audiencia Provincial de Málaga consideró probado que Jesús Gil y Gil y Pedro Román Zurdo acordaron que "en la temporada futbolística 1991-1992, lucirían los jugadores del Atlético de Madrid, en sus enfrentamientos deportivos, el logotipo 'Marbella', visible en sus camisetas, esponsorización esta que sería retribuida con cargo a los fondos mnicipales y que se cifraba en 225 millones de pesetas. Esta situación [...] se prolongó también a la temporada futbolística 1992-1993".
La exhibición del logotipo "Marbella" en las camisetas del Atlético de Madrid se realizó sin la autorización del ayuntamiento del que Gil fue elegido alcalde en junio de 1991.
Asimismo, la Audiencia Provincial considera probado que Pedro Román Zurdo firmó un reconocimiento de deuda a favor del Atlético de Madrid por valor de 450 millones de pesetas, así como dos ecretos de la Alcaldía que "determinaban la obligación del Ayuntamiento de abonar el servicio contratado y el carácter oneroso y no gratuito del mismo".
En cuanto a la sociedad mercantil municipal Eventos 2000 S.L., la Audiencia Provincial cree que Jesús Gil y Gil dió instrucciones a su director gerente, Modesto Perodia, para que "concertara con determinadas entidades deportivas la realización de los 'sponsor" y que éste así lo hizo, aún sabiendo que el Ayuntamiento de Marbella no había sido consultad.
Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Málaga impuso a Jesús Gil 29 años menos de cárcel de los que había solicitado el fiscal anticorrupción encargado del caso, Carlos Castresana, quien también pidió 74 años de inhabilitación y más de 1.700 millones de pesetas de multa.
La sentencia confirmada hoy por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo deberá ser remitida a la Audiencia Provincial de Málaga para que ejecute el fallo.
(SERVIMEDIA)
05 Abr 2002
VBR