LA GENERALITAT APRUEBA EL PROYECTO DE LEY DE LOS DERECHOS Y LAS OPORTUNIDADES DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
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El consejo de Gobierno catalán aprobó hoy el Proyecto de ley de los Derechos y Oportunidades de la Infancia y la Adolescencia, una nueva norma que recoge toda la legislación actual catalana en este ámbito e introduce novedades en aspectos como la protección ante el maltrato de menores, el procedimiento de desamparo, o el proceso de acogida.
La consejera de Acción Social y Ciudadanía, Carme Capdevila, destacó, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, que la nueva Ley supone un "cambio de paradigma importantísimo" a la hora de legislar sobre la infancia y la adolescencia porque incorpora la prevención en las políticas de protección.
Se trata de una ley dirigida a todos los niños y adolescentes domiciliados en Cataluña, un total de 1.283.493 entre 0 y 17 años y entre las novedades más destacadas que aporta la normativa, se encuentra el hecho de que prioriza que, en casos de maltrato familiar, sea el maltratador quien deje el hogar. Generalmente, hasta ahora, en caso de maltrato infantil, hacía falta separar al menor de su domicilio o núcleo familiar.
También trata de evitar la doble victimitzación, es decir, que los niños tengan de declarar dos veces por un caso de abuso o maltrato. Además, otro de los elementos destacados es que permitirá agilizar todas las adopciones nacionales porque se acortan los plazos.
Igualmente, se crea el acogimiento permanente para niños que no quieran o no puedan ser adoptados y se regula la unidad de convivencia de dedicación exclusiva para esta nueva figura, de la cual ya se está realizando una prueba piloto.
Por lo que respecta a la prevención, y también como novedad, la norma hace una separación entre las situaciones de riesgo social y de desamparo y también establece un tiempo límite para oponerse judicialmente a las resoluciones de desamparo y a las medidas de protección.
De esta manera, se evita que los niños sufran situaciones de incertidumbre, que, a veces, el retraso de los procesos de oposición puede provocar. Hasta ahora, se podían iniciar en cualquier momento, sin importar cuando se había dictado la resolución.
En el caso del acogimiento preadoptivo, que es el paso previo obligatorio antes de la adopción, el plazo que tienen los progenitores para oponerse es de dos meses.
La norma también crea la figura del procurador de la infancia y la adolescencia para dar "plena efectividad" al derecho de los niños y adolescentes tutelados por la Generalitat a ser escuchados. Asimismo, el Proyecto de ley crea un Consejo Nacional de la Infancia para que los niños puedan participar de aquellas decisiones que les afectan.
Además, también contempla la creación de Mesas Territoriales de Infancia, que coordinarán las diferentes administraciones e instituciones implicadas en la detección e intervención ante de los maltratos infantiles.
Finalmente, el texto incluye dos nuevas modalidades. Por un lado, el acogimiento familiar permanente, que se llevará a término cuando el desamparo sea prácticamente definitivo, pero no sea posible la adopción o no se considere la opción más favorable para el menor.
Por otro lado, el acogimiento familiar en unidad convivencial de acción educativa, que está dirigido a niños y adolescentes tutelados que requieren de una atención más especializada: menores con necesidades educativas especiales, enfermedades crónicas y o/trastornos de conducta.
(SERVIMEDIA)
30 Jun 2009
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