Laboral

Las empresas organizadoras de eventos dispondrán de seis meses para adaptarse al primer convenio colectivo del sector

MADRID
SERVIMEDIA

La patronal Agencias de Eventos Españolas Asociadas (Aevea) ha pactado con CCOO y UGT el primer Convenio Colectivo estatal de Empresas Organizadoras de Eventos, que otorga a las compañías del sector un plazo de seis meses desde su entrada en vigor para adaptarse a este nuevo marco laboral.

Tras un proceso negociador de año y medio, patronal y sindicatos han concluido con la firma de este Convenio Colectivo, que, según Aevea, llega en un momento de recuperación de la actividad y de “buenas perspectivas” de futuro. Así, recoge en un solo marco jurídico laboral los derechos y condiciones sociolaborales de más de 5.000 trabajadores del sector de la organización de eventos corporativos e institucionales.

Este nuevo Convenio Colectivo, que será de obligatoria aplicación en todo el territorio nacional a la actividad de agencias y/o empresas organizadoras de eventos corporativos e institucionales, describe los grupos profesionales y sus funciones y ordena y fija la jornada de trabajo en el sector. En opinión de la patronal, se han negociado unas tablas salariales “adecuadas a la realidad” del sector, apostando por la sostenibilidad y las buenas prácticas.

Debido a la particularidad de la organización de eventos, este convenio colectivo recoge la distribución irregular de la jornada, que supondrá la posibilidad de flexibilizarla de acuerdo a las necesidades del sector. Así, se podrá adaptar la jornada laboral al volumen de trabajo en las empresas, estableciendo límites semanales, mensuales y trimestrales.

Asimismo, a través de esta negociación, se han revisado los salarios respecto a los convenios que venían siendo de aplicación en el sector, y se han incluido mejoras en el ámbito de la conciliación.

El nuevo Convenio Colectivo de Empresas Organizadoras de Eventos entrará en vigor una vez sea registrado ante la autoridad laboral y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y tendrá vigencia durante los años 2025, 2026 y 2027. Al finalizar dicho período, el Convenio se entenderá prorrogado de año en año, si no fuera denunciado por cualquiera de las partes legitimadas.

Las empresas afectadas por el presente Convenio Colectivo dispondrán de un plazo máximo de seis meses para llevar a cabo su adaptación desde la publicación del mismo en el BOE, si bien, en cuanto a la estructura y condiciones salariales recogidas en el citado Convenio, su aplicación tendrá carácter retroactivo con efecto el 1 de enero de 2025.

(SERVIMEDIA)
27 Oct 2024
DMM/clc