Ecologistas en Acción reclama a cuatro comunidades que cumplan con la protección del lobo

MADRID
SERVIMEDIA

La organización Ecologistas en Acción reclamó este miércoles a Asturias, Cantabria, Castilla y León, y Galicia que cumplan la orden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que protege al lobo y prohíbe su caza desde el pasado 22 de septiembre.

Esas comunidades y diversas asociaciones ganaderas han recurrido la orden ante la Audiencia Nacional, pero la norma está “plenamente vigente”, según Ecologistas en Acción, que añadió que, a pesar de ello, las citadas comunidades autónomas continúan ‘en rebeldía’ y la incumplen.

Así, Castilla y León, según Asaja, se niega a tramitar las correspondientes indemnizaciones a los ganaderos por ataques de lobos, algo que Ecologistas en Acción consideró “irresponsable”. Y en Galicia hay una red de caza ilegal que envenena lobos, algo que investiga el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil.

Según Ecologistas en Acción, las comunidades autónomas deben colaborar con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en realizar estudios científicos sobre la situación de la población lobera y sus diferentes grupos reproductores y destinar parte de sus presupuestos autonómicos a apoyar la ganadería extensiva, facilitando ayudas para fomentar la coexistencia del lobo y la ganadería, y pagando con más rapidez los posibles daños que se produzcan por los ataques del lobo al ganado, sin la necesidad de contratar seguros privados.

También consideró necesario perseguir la caza ilegal de lobos y poner en marcha campañas de sensibilización sobre la importancia ecológica de esta especie. Además, instó a las comunidades autónomas a que dejen de “bloquear” la aprobación de la ‘Estrategia para la convivencia de las actividades en el medio rural con el lobo y su conservación’.

Ecologistas en Acción apuntó que todas las solicitudes de suspensión cautelar de la orden formuladas están siendo rechazadas por la Audiencia Nacional, que ha dejado claro que la norma no produce perjuicios irreversibles y que “debe prevalecer el interés general de conservación de la especie, sobre esos posibles daños económicos (daños al ganado, que son perjuicios reparables económicamente), debiendo ponerse de manifiesto que los propietarios y criadores de animales mantenidos al aire libre, tienen el deber en la medida en que sea necesario y posible, de protegerlo contra los depredadores”.

(SERVIMEDIA)
12 Ene 2022
MGR/gja