Seguridad vial

La DGT crea un vídeo informativo sobre cómo desplazarse en patinete eléctrico

MADRID
SERVIMEDIA

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha creado un video informativo para dar a conocer las normas que tienen que cumplir los usuarios de los vehículos de movilidad personal -entre ellos, los patinetes eléctricos- en sus desplazamientos urbanos y hacerlo de forma segura.

Ocho personas murieron en 2020 al viajar en vehículos de movilidad personal, siete de ellas en vías urbanas y una en carretera. Actualmente está prohibido circular por vías interurbanas con este tipo de medio de desplazamiento.

El video será difundido por los principales proveedores de vehículos compartidos de movilidad personal con el fin de que sus usuarios lo visionen para conocer la normativa básica por la que se rige este medio de desplazamiento urbano y los principales consejos de seguridad.

Para ello, la DGT cuenta con la colaboración de los principales proveedores de vehículos compartidos de movilidad personal y con la Asociación Española de Economía digital (Adigital).

A la presentación del video asistieron Pere Navarro, director general de Tráfico, y Maria José Aparicio, subdirectora de Formación y Educación de la DGT, así como responsables de Bird (Antonio Relaño), Lime (Arnau Perez), Superpedestrian (Manuel Ortiz), Bolt (Andrea Vota) y Go TO (Luisana Zitzen), según informó este lunes la Dirección General de Tráfico.

Durante el encuentro, los representantes empresariales trasladaron a Navarro su preocupación por la seguridad y su apuesta en investigación, desarrollo e innovación para mejorar los nuevos modelos que se ponen en circulación para evitar los fallos humanos en la medida que la tecnología lo permite.

NORMAS

Los vehículos de movilidad personal tienen una o más ruedas, están dotados de una única plaza y van propulsados por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima por diseño entre 6 y 25 km/h. Solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si cuentan con sistema de autoequilibrado. Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida.

La DGT ha elaborado manual de los vehículos de movilidad personal que recoge las características técnicas que deben cumplir los vehículos de movilidad personal para poder circular por las vías y la obligación de que hayan sido certificados por los organismos competentes.

No pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos. Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni usar el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.

La reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, en vigor desde el pasado lunes, obliga a sus usuarios a llevar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine. La DGT ya trabaja en este desarrollo normativo de forma conjunta con los ayuntamientos y los actores implicados.

(SERVIMEDIA)
28 Mar 2022
MGR/gja