Obra pública
La CNMC suaviza los criterios que regirán la prohibición de contratar con el sector público
- Para aumentar la seguridad jurídica y potenciar los programas de cumplimiento la competencia en las empresas.
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado una comunicación por la que fija los criterios que tendrá en cuenta para determinar la prohibición de contratación con el sector público de las empresas infractoras y que suaviza los criterios aplicados hasta ahora por el Ministerio de Hacienda, determinando a qué mercados y con qué duración se aplicará cada prohibición de contratar con el sector público.
Así lo anunció la presidenta de la CNMC, Cani Fernández, en un seminario organizado por la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE) en la sede de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) de Santander, donde explicó que esta actuación pretende “dar más certidumbre” a las empresas.
En 2015, la Ley de Contratos del Sector Público incluyó la prohibición de contratar a las empresas y sujetos sancionados por haber cometido infracciones graves de falseamiento de la competencia. Además, estableció que la duración y el alcance de dicha prohibición podía determinarla o bien el Ministerio de Hacienda o bien la CNMC en la resolución de sus expedientes sancionadores.
La CNMC, por su práctica sancionadora desde que existe la prohibición, considera que es la autoridad mejor situada para fijar las prohibiciones teniendo en cuenta la naturaleza de la infracción cometida y la situación competitiva del mercado en el que se aplicaría.
Por ello, incluirá la duración y el alcance de las prohibiciones en la resolución de los expedientes sancionadores que se inicien a partir de la entrada en vigor de esta comunicación.
En las resoluciones anteriores a esta Comunicación consta que la infracción de la normativa de competencia conlleva la prohibición de contratar con la administración, pero las empresas y los órganos de contratación, nacionales e internacionales, desconocen cuál será su contenido exacto.
En consecuencia, según la CNMC, a incertidumbre se prolonga debido a los recursos judiciales contra la resolución durante el periodo en que se mantiene la suspensión cautelar.
El nuevo sistema permitirá fijar desde un inicio el alcance geográfico y de producto de la prohibición y su duración, aunque su eficacia después se suspenda judicialmente.
Además, potenciará los programas de cumplimiento y la cultura de la competencia. Las empresas desde el principio podrán activar las medidas para evitar o revocar la eficacia de la prohibición y la CNMC podrá validarlas.
(SERVIMEDIA)
23 Jun 2023
JBM/JRN/gja