Automoción
La CNMC recomienda simplificar los trámites para declarar un vehículo como histórico

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La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha dirigido una batería de sugerencias al Gobierno sobre el proyecto de real decreto de vehículos eléctricos, para facilitar las gestiones de certificación en mayor medida que lo que prevé el borrador.
La CNMC ha emitido un informe sobre el proyecto a petición del Ministerio de Interior, en el que señala que la regulación que plantea el Ejecutivo es positiva porque intenta simplificar y facilitar el procedimiento, con la apuesta por figuras como la declaración responsable o la eliminación de pruebas técnicas injustificadas.
El regulador aconseja revisar aspectos del articulado como el requisito de antigüedad y firma para las entidades relacionadas con vehículos históricos. Salvo justificación adicional, la comisión aboga por replantear el requisito de cinco años de antigüedad para que puedan operar y la exigencia de la firma por su máximo responsable de los certificados regulados en el decreto.
La CNMC también defiende que se hagan ajustes en el uso de la declaración responsable en la clasificación de vehículos en el grupo A, dado que en la práctica su utilización queda desvirtuada porque se obliga a acompañar ese testimonio de un conjunto de documentos acreditativos.
Competencia aboga además por mejoras en el procedimiento de clasificación de vehículos históricos del grupo B, el reconocimiento de las ITVs superadas en otros Estados miembros de la UE, y en las prohibiciones y limitaciones en la utilización de los vehículos históricos.
44.000 COCHES REGISTRADOS
En España hay registrados unos 44.000 vehículos históricos, en mucha menor medida que en Reino Unido (1,5 millones), Francia (400.000) o Alemania (casi 600.000). Hasta ahora, según la CNMC, el propietario de este tipo de coches antiguos debe realizar unos trámites para conseguir la clasificación de vehículo histórico que no son sencillos, y por eso en muchas ocasiones los evita. Se estima que en España existen numerosos vehículos históricos sin identificar con la consiguiente amenaza para su conservación como patrimonio cultural.
La Administración declara que un vehículo es histórico por sus características singulares (antigüedad, originalidad, estado de conservación), y le dota de un estatuto jurídico especial como parte del patrimonio cultural e industrial automovilístico español.
La regulación actual distingue entre dos tipos de automóviles: Grupo A, matriculados como vehículos ordinarios; es decir, no históricos, en España, y que cuentan con una tarjeta de ITV (como vehículo ordinario) en vigor, por lo que ya pueden circular legalmente por España, y Grupo B, los que no cumplen dichos requisitos, porque son vehículos que no cuentan con permiso de circulación en España (bien porque no estaban en circulación o bien porque se trate de vehículos importados).
(SERVIMEDIA)
05 Oct 2023
JRN/pai