ESTATUTO CATALUÑA

CiU RECLAMA EN DOS ENMIENDAS UN RÉGIMEN DE GESTIÓN DEL PRAT COMPARTIDO POR GENERALITAT Y ESTADO

MADRID
SERVIMEDIA

CiU ha presentado en el Senado dos enmiendas a la propuesta de reforma del Estatuto de Cataluña en las que reclama un régimen especial de gestión para el aeropuertos de El Prat y los puertos de Tarragona y Barcelona en el que participen la Generalitat y el Estado.

Las enmiendas, registradas esta tarde en la Cámara Alta, pretenden añadir cuatro apartados al artículo 140 del texto, relativo a las infraestructuras del transporte y las comunicaciones, en el que el PSOE no logró el respaldo de la federación nacionalista.

La redacción propuesta por CiU no entra en detalles sobre el órgano que se encargaría de gestionar los mencionados puertos y aeropuertos, ni en el porcentaje de participación que tendrían la Generalitat y el Estado en el mismo.

El texto establece que "el Puerto de Barcelona y el Puerto de Tarragona tienen un régimen especial de funcionamiento, que deben acordar la Generalidad y el Estado, a propuesta de la Comisión Bilateral Generalidad-Estado".

"Una ley del Parlamento debe definir la organización y el régimen jurídico y económico del Puerto de Barcelona y del Puerto de Tarragona, que deben respetar los principios básicos de la legislación del Estado en materia de puertos de interés general", añade.

En cuanto al aeropuerto, quiere fijar un régimen especial de funcionamiento a acordar entre la Generalitat y el Estado, a propuesta de la comisión bilateral. Igual que en el caso de los puertos, una ley del Parlamento definirá la organización y el régimen jurídico y económico, de acuerdo con los principios básicos de la legislación del Estado.

Con esta enmienda, CiU tiene como objetivo "prever las peculiaridades del régimen especial de funcionamiento y de la organización y el régimen jurídico y económico de los puertos de Barcelona y Tarragona y del Aeropuerto de Barcelona".

La segunda enmienda, también relativa a grandes infraestructuras, es una nueva disposición adicional para la asunción de competencias por el artículo 150.2 de la Constitución, para atribuir a la Generalitat el ejercicio de las competencias en la gestión de puertos y aeropuertos de interés general situados en Cataluña.

Esta asunción de competencias incluye "la ejecución de la legislación y de la política portuaria estatal, y la dirección, la coordinación, la explotación, la conservación y la administración de los puertos y aeropuertos de interés general en Cataluña y de los servicios que en ellos se prestan".

(SERVIMEDIA)
20 Abr 2006
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