IGUALDAD

CCOO DICE QUE LA LEY DE IGUALDAD SUPONE UN AVANCE EN LA SITUACIÓN LABORAL DE LAS MUJERES

MADRID
SERVIMEDIA

La Ley de Igualdad aprobada hoy por el Gobierno constituye para CCOO un impulso importante para mejorar la posición de las mujeres en el mundo laboral y una herramienta para la acción sindical en las empresas.

Igualmente, la central considera que representa un avance en la igualdad de trato y en la protección de la maternidad y la paternidad, al tiempo que incentiva que los hombres asuman las responsabilidades familiares.

Carmen Bravo, secretaria confederal de la Mujer de CCOO, señaló que la ley establece medidas para mejorar la posición de las mujeres en las empresas y poder desarrollar acciones positivas para eliminar discriminaciones.

"El deber de negociar medidas y planes de igualdad mediante los convenios colectivos, que fue la medida más polémica en la negociación de la ley", añadió, "dará derecho a adaptar la jornada de trabajo para poder conciliar la vida laboral y familiar según los criterios que establezca la negociación colectiva y se mejoranlos derechos de información a la representación sindical sobre las medidas que tomen las empresas para evitar la discriminación".

Otro dato importante para el sindicato es que la ley traspone a la normativa laboral española la directiva europea que define lo que es discriminación directa, indirecta, acoso y acoso sexual. Establece también las infracciones y sanciones correspondientes a los nuevos supuestos de discriminación y se añaden nuevas causas de nulidad para casos de despido, como durante el permiso por paternidad, riesgo durante la lactancia, IT derivada de embarazo o parto.

Aunque CCOO considera insuficiente la duración del permiso de paternidad y sigue reclamando cuatro semanas y que se siga manteniendo el requisito de cotización para la prestación por maternidad /paternidad, considera que se da "un primer paso" para avanzar en la corresponsabilidad de los padres en las tareas de cuidado de los hijos, al reconocer la posibilidad de acumular el periodo de lactancia, que también puede disfrutar la madre o el padre.

Además, señala el sindicato, se amplía la edad del hijo de 6 a 8 años para la reducción de jornada y, si la suspensión del contrato por maternidad/paternidad coincide con el periodo de vacaciones, éstas se disfrutarán igualmente, aunque haya pasado el año natural.

(SERVIMEDIA)
23 Jun 2006
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