AZNALCOLLAR. ECOLOGISTAS EN ACCION RECURRE EL ARCHIVO DEL CASO

MADRID
SERVIMEDIA

Ecologistas en Acción ha recurrido el auto de archivo de la instrucción judicial realizada por el vertido tóxico de las minas de Aznalcóllar y ha solicitado su anulación, así como la continuación del procedimiento penal para determinar las responsabilidades.

Según Ecologistas en Acción, el cúmulo de despropósitos con que se ha llevado esta insrucción culminó el día 27 de diciembre, con la notificación del archivo del "caso Aznalcóllar", con un plazo para presentar un recurso de tres días, coincidiendo con las fiestas navideñas.

La organización ecologista señala que entre las numerosas razones jurídicas que existen para solicitar al Juzgado número 2 de Sanlúcar que continúe con la instrucción de estos hechos se encuentra la falta de práctica de pruebas y diligencias propuestas por las partes.

En este sentido, los ecologistas explican qe la juez instructora rechazó pruebas de gran trascendencia para aclarar las responsabilidades penales en la rotura de la balsa, como la acumulación de denuncias previas existentes desde 1994 por las filtraciones de la balsa y las declaraciones de responsables de las consejerías de Industria y Medio Ambiente y de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, entre otros.

Asimismo, Ecologistas en Acción afirma que la juez del caso estima que el artículo 325 de Código Penal, que regula los delitos conra el medio ambiente, sólo es aplicable en casos de grave negligencia, circunstancia que, a juicio de los ecologistas, existe en el "caso Aznalcóllar".

Además, precisan que en la instrucción ha quedado demostrado que existen claras responsabilidades dolosas por parte de Boliden, Geocisa, funcionarios y altos responsables de las administraciones.

Ecologistas en Acción denuncia que en el informe pericial se concluye que la rotura de la balsa se debió a que los proyectos de construcción y recrecido el dique no incorporaron la consideración de dos factores clave en la génesis de la estabilidad de la balsa: la fragilidad de las arcillas y las altas presiones del agua en el cimiento arcilloso.

Por otra parte, consideran "sorprendente" la afirmación de la juez en relación con la legalidad de la explotación minera, a pesar de que ella misma denegó la solicitud de Ecologistas en Acción para que se requiriera al Ayuntamiento de Aznalcóllar certificación sobre la existencia o no de licencia municipal deapertura de la explotación minera denominada Corta de los Frailes.

Según los ecologistas, la juez tampoco admitió solicitar a Boliden los planes de labores anuales de los diez últimos años, planes que son obligatorios y que, al parecer, esta empresa no ha realizado.

A su juicio, el no haberse admitido las pruebas propuestas sin motivos razonables supone, además de una clara trasgresión del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, haber dejado sin investigar aspectos esenciales, que hubiran demostrado posiblemente la existencia de otras conductas penalmente sancionables.

Por último, Ecologistas en Acción aduce que en la instrucción del procedimiento no se ha realizado algo tan fundamental como es la evaluación y valoración de los daños medioambientales producidos por la catástrofe.

(SERVIMEDIA)
02 Ene 2001
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