EL AYUNTAMIENTO ELIMINARÁ LA INFRAVIVIENDA EN EL CENTRO DE LA CAPITAL
- La Junta de Gobierno inició hoy la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana
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La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid aprobó hoy el inicio de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana, que pondrá en marcha un nuevo modelo urbanístico dirigido a eliminar la infravivienda en el centro de la capital y poner fin a la degradación que sufren determinados barrios de la almendra central.
Según explicó en rueda de prensa el vicealcalde, Manuel Cobo, esta modificación del Plan General iniciada hoy estará terminada en el plazo de un año y a continuación se actuará sobre tres manzanas del distrito Centro en las que hay infraviviendas, aunque no concretó cuáles son.
La modificación aprobada hoy define el concepto de infravivienda, algo que no hace el actual Plan General, y fija las condiciones para la declaración de infravivienda por inadecuación y para declarar un edificio inadecuado para el uso residencial.
La nueva normativa establece tres requisitos para su aplicación, que deben darse simultáneamente: que la actuación se refiera a una manzana completa del centro histórico, que afecte a edificios cuyo uso característico sea el residencial, y que existan condiciones de infravivienda o de edificio inadecuado.
Se considerará infravivienda aquella que sea inadecuada para el uso residencial, por ser inhabitable por razones de accesibilidad, seguridad, superficie, altura, ventilación, iluminación y dotación de instalaciones, siendo materialmente imposible su mejora mediante obras de acondicionamiento. También se podrán tener en cuenta otros criterios, como los sociales, económicos o de viabilidad de gestión.
La constatación de que existen estas circunstancias, individual o simultáneamente, habilitará al Ayuntamiento ainiciar la declaración de infravivienda y a llevar a cabo las actuaciones necesarias, pudiendo afectar indistintamente a la totalidad del inmueble, a las viviendas o parte de ellas, o a los espacios de uso común. La competencia para este tipo de intervenciones se asigna en exclusividad a la iniciativa pública, principalmente municipal.
El proceso de intervención requerirá necesariamente en cada caso la aprobación de un Plan Especial de Actuaciones, que será el que reordene la manzana determinando qué edificios deben rehabilitarse y las dotaciones y espacios públicos que pueden crearse.
Para reducir en la medida de lo posible la disminución del número de viviendas que conlleva toda actuación para eliminar infravivienda, se podrá mantener la edificabilidad existente, algo que impide y dificulta el actual Plan General.
Según el vicealcalde, la nueva regulación permite también la coexistencia de equipamientos públicos en las plantas bajas de los edificios de viviendas, sin computar a efectos de edificabilidad máxima.
(SERVIMEDIA)
05 Feb 2009
CAA