Consumo
La Asociación Española de Consumidores denuncia que “siga sin existir” una ley de titulación para el alquiler de motos acuáticas
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La Asociación Española de Consumidores denunció este miércoles que “siga sin existir” legislación para “regular” la titulación “exigible” en el alquiler de motos acuáticas.
Así lo criticó en un comunicado en el que recordó que, ya el año pasado, a raíz de varios accidentes, alguno de ellos mortales, solicitó una “regulación exhaustiva para que haya un uso ordenado en el alquiler de estas motos acuáticas”.
“El uso de las mismas ha experimentado en los últimos años un importante auge que requiere que se tengan que tomar medidas para garantizar la seguridad de los bañistas y de los propios usuarios de estas embarcaciones”, abundó.
En este contexto, señaló que, además de que las empresas que se dediquen al alquiler de motos náuticas por horas o fracción estén en posesión de los preceptivos permisos de las administraciones competentes y presenten una declaración responsable ante la Capitanía Marítima, el usuario debería estar en posesión de “títulos náuticos-deportivos de patrón para la navegación básica, patrón de embarcaciones de recreo, patrón de yate o capitán de yate”.
Junto a ello, reclamó a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la realización de “controles” del cumplimiento de la normativa tanto por parte de los usuarios como por parte de las empresas dedicadas a esta actividad.
“Lamentamos la dejadez de las administraciones públicas con competencia en la materia, que no han llevado a cabo esa regulación, lo que hace que no existan unas obligaciones mínimas de seguridad en el uso de estas motos acuáticas cuando estamos hablando de la modalidad de alquiler”, sentenció.
(SERVIMEDIA)
12 Jun 2024
MJR/clc