Fisioterapeutas, odontólogos, farmacéuticos, ópticos y podólogos piden entrar en el Consejo Estatal de Salud Pública
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Los consejos generales de Fisioterapeutas, Farmacéuticos, Ópticos-Optometristas, Odontólogos y Estomatólogos, y Podólogos han solicitado ser componentes del Consejo Estatal de Salud Pública en representación de las asociaciones profesionales relacionadas con la salud pública.
En una carta conjunta, firmada por los presidentes de los distintos consejos generales y enviada al Ministerio de Sanidad y Política Social, solicitan que en el artículo 108.3 de la Ley General de Salud Pública proyectada, relativo a la composición mínima del Consejo Estatal de Salud Pública, o artículo que lo sustituya, se incluya una referencia expresa como componentes del mismo a los presidentes de los Consejos Generales Sanitarios de España.
En particular, el artículo 108.3 del anteproyecto de Ley General de Salud Pública podría abrir la puerta a la representación de los Consejos Sanitarios, señalando concretamente en su letra f) que necesariamente se incluirá representación de la sociedad civil, incluyendo representantes de las asociaciones científicas y profesionales relacionadas con la salud pública, agentes sociales, organizaciones sin ánimo de lucro, si bien los consejos firmantes del manifiesto desean la inclusión expresa en el redactado final de la ley.
Los Consejos Generales Sanitarios son los órganos coordinadores y representativos de los distintos colegios profesionales u oficiales y de los consejos autonómicos dentro de los ámbitos profesionales que le son propios y tienen encomendadas, entre otras funciones, la representación y defensa de la profesión en el ámbito nacional e internacional, ante la Administración General del Estado, instituciones, tribunales y particulares.
Por ello, y dado el ámbito estatal en el que operará el proyectado Consejo Estatal de Salud Pública, los cuatro organismos firmantes entiendden que una adecuada representación de las asociaciones profesionales relacionadas con la salud pública tiene que instrumentarse necesariamente a través de los consejos generales.
Uno de los objetivos fundamentales de la Ley General de Salud Pública proyectada es establecer una organización que permita la cooperación entre todas las Administraciones públicas y los otros agentes implicados, asegurando de este modo la mejor gobernanza posible de la salud pública española.
Con tal propósito se planteó la creación de este Consejo Estatal de Salud Pública, como órgano consultivo que facilitará la aplicación de los principios de equidad y salud en todas las políticas de la Administración General del Estado y recogerá las aportaciones de las administraciones locales, las comunidades autónomas y la sociedad civil.
(SERVIMEDIA)
26 Jul 2010
ACD/JMG/caa