Cataluña. La Fiscalía se querella por rebelión y sedición contra el Gobierno catalán y la Mesa del Parlament
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La Fiscalía General del Estado ha presentado este lunes dos querellas por delitos de rebelión y sedición contra los promotores de la declaración unilateral de independencia aprobada el viernes por el Parlamento de Cataluña. La primera de ellas se ha presentado en la Audiencia Nacional y se dirige contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont; el vicepresidente, Oriol Junqueras, y los 13 consejeros de su Gobierno. La segunda, ante el Tribunal Supremo, se dirige contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa que autorizaron la votación.
El fiscal del Estado, José Manuel Maza, explicó que se atribuye a los miembros del gabinete de Puigdemont delitos de rebelión, sedición, malversación y delitos conexos como principales responsables de las decisiones y los actos que condujeron a la proclamación de la declaración unilateral de independencia con “total desprecio” a la Constitución.
La querella del ministerio público también se dirige contra Santi Vila, el exconsejero de la Generalitat que dimitió tras conocer que Puigdemont no iba a convocar elecciones y que mostró así su desacuerdo con la declaración unilateral de independencia.
Según se desprende de la lectura de los 117 folios de la querella contra los miembros del Gobierno catalán, podrían haber incurrido en delitos de rebelión, sedición, malversación, prevaricación y desobediencia, delitos estos últimos por los que Puigdemont ya está siendo investigado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
El relato de la Fiscalía sobre los hechos se remonta a noviembre de 2015 y recopila minuciosamente todos los hitos sucedidos en estos dos años a favor de la independencia y en contra de las decisiones del Tribunal Constitucional.
La Fiscalía argumenta su decisión de querellarse por el delito de rebelión, que según el Código Penal requiere el uso de violencia. Considera que basta con que haya intimidación o riesgo de que se produzcan actos violentos para investigar a los supuestos instigadores.
La razón de que se presenten dos querellas es que tanto Puigdemont como los miembros de su Gobierno ya han perdido la condición de aforados después de su cese tras la puesta en marcha del artículo 155 de la Constitución, mientras que Forcadell y los miembros de la Mesa Lluis Guinó, Anna Simó y Ramona Barrufet siguen siendo aforados, al ser integrantes de la Mesa del Parlament.
DECLARACIÓN URGENTE
La primera consecuencia de la admisión a trámite de las querellas es que todos ellos serán citados a declarar y en caso de incomparecencia se cursaría la correspondiente orden a las Fuerzas de Seguridad para su detención y puesta a disposición judicial.
El fiscal pide que se les llame a declarar “con carácter urgente” para después solicitar las medidas cautelares que se estimen oportunas, teniendo en cuenta "la gravedad de los hechos y de los delitos que les son imputados, así como de las penas previstas, la flagrancia en su comisión, la contumacia en la ilegalidad y el riesgo de reiteración en las conductas antijurídicas”.
Solicita, además, sendas fianzas de seis millones de euros en las querellas contra Puigdemont y el resto de su Gobierno y en la presentada ante el Supremo contra la presidenta del Parlament y los miembros de la Mesa.
En concreto, la Fiscalía pide que se incluya "la exigencia de fianza y, en su caso, embargo de bienes en la cuantía que prudencialmente se fija en un importe de 6.207.450 euros".
Maza compareció ante los medios de comunicación y dio lectura a un comunicado tras el cual no aceptó preguntas. Explicó que la Fiscalía cumple con su función de promover “la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público”. El ministerio público les achaca haber producido una “crisis institucional” que desembocó en la declaración unilateral de independencia del 17 de octubre.
Por el momento ha optado por no actuar contra los diputados que votaron a favor de la independencia en el Pleno del Parlament el viernes pasado, así como a favor de diversas leyes anuladas por el Tribunal Constitucional, como la Ley de Transitoriedad o la ley del referéndum.
Una vez presentada la querella, la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela tendrá que decidir si la asume para investigarla dentro de la misma causa que a los presidentes de ANC y Òmnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, ambos en prisión preventiva, y al mayor de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero, por un delito de sedición.
HASTA 30 AÑOS
El delito de rebelión está tipificado en el artículo 472 del Código Penal para aquellos que "se alzaren violenta y públicamente" por supuestos como "derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución" y también "declarar la independencia de una parte del territorio nacional".
De hecho, establece penas de cárcel de entre 25 y 30 años para los cabecillas de este tipo de delito, en función de si han empleado la fuerza o han "distraído los caudales públicos de su legítima inversión" para conseguir sus fines.
El artículo 473 precisa las penas para otros participantes en la rebelión, aparte de sus promotores: los que ejerzan "un mando subalterno" serán castigados con prisión de 10 a 15 años e inhabilitación absoluta de 10 a 15 años, y los "meros participantes", con la de prisión de cinco a 10 años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a 10 años.
El artículo 479 establece que si se manifiesta la rebelión, la autoridad gubernativa llamará a los sublevados a deponer su actitud inmediatamente y si no lo hacen, “la autoridad hará uso de la fuerza de que disponga para disolverlos”.
Quedan exentos de pena, según el precepto 480, los implicados en un delito de rebelión que “lo revelaren a tiempo de poder evitar sus consecuencias”.
(SERVIMEDIA)
30 Oct 2017
SGR/caa