La CNMC recurre ante la Audiencia Nacional tras denegar la Comunidad de Madrid una autorización a un taxi de más de cinco plazas

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra la Comunidad de Madrid, al amparo de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM).

La comisión indicó que el recurso se debe a que la Comunidad de Madrid denegó una autorización al propietario de un vehículo taxi de 9 plazas para ejercer la actividad de transporte interurbano. Con carácter general, el número máximo de plazas permitidas por la normativa aplicable de la Comunidad de Madrid es de cinco.

A juicio de la CNMC, esta limitación general a un máximo de cinco plazas para vehículos de taxi “resulta contraria a los principios de necesidad y de proporcionalidad, ya que no existe ninguna razón imperiosa de interés general que justifique que los vehículos deban tener esa limitación de plazas”.

Por otra parte, la CMNC considera que la normativa de la Comunidad es contraria al artículo de la LGUM, ya que entre los trámites para obtener una autorización de taxi de más de cinco plazas, el interesado debe acreditar que no ha podido atender una demanda previa de un consumidor que requería un traslado en un vehículo con más capacidad. “Se impone así un requisito de naturaleza económica que va en contra de los propios consumidores”, señaló la CNMC.

Finalmente, indica la CNMC, “tampoco puede aceptarse que limitar el número máximo de plazas del taxi con carácter general tenga como fin no afectar a actividades conexas, como son la del alquiler de vehículos con conductor (VTC)”.

De esta forma, la CNMC considera que se estaría haciendo una planificación de un sector que la Ley de Garantía de la Unidad del Mercado (LGUM) prohíbe.

(SERVIMEDIA)
16 Jun 2017
DSB/caa