España incumplió las leyes de aves y hábitats con el AVE Sevilla-Almería, según la justicia europea

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó este jueves que España no cumplió las directivas comunitarias sobre aves y sobre hábitats al no adoptar las medidas adecuadas para evitar el deterioro ambiental en el proyecto de construcción del AVE entre Sevilla y Almería.

La Comisión Europea envió un escrito de requerimiento a España en 2011 donde sostenía que había incumplido ambas directivas a raíz de una denuncia en relación con el proyecto de construcción de una nueva línea férrea de alta velocidad entre Sevilla y Almería, concretamente en las secciones ‘Marchena Osuna I’, ‘Marchena Osuna II’ y ‘Variante de Osuna’.

Ese proyecto preveía obras de infraestructura de mejora y adaptación de la vía férrea existente, así como obras de instalaciones complementarias necesarias para la ejecución y la puesta en servicio de la nueva plataforma ferroviaria.

En lo que respecta al tramo relativo a la mejora y adaptación de la vía existente, y tras la correspondiente evaluación de impacto ambiental, los trabajos de la infraestructura comenzaron en diciembre de 2007 y se paralizaron en 2009.

Ese proyecto preveía atravesar un espacio natural, clasificado por las autoridades españolas el 29 de julio de 2008 como Zona de Protección Especial para las Aves (ZEPA), una fecha posterior a la autorización de las obras y a su declaración de impacto ambiental, pero, según la Comisión Europea, el lugar en cuestión constaba ya desde 1998 en el inventario de zonas importantes para la conservación de las aves de Europa.

Por ello, el Ejecutivo comunitario solicitó al TJUE que declarara que España incumplió las obligaciones que le incumben al no adoptar las medidas adecuadas para evitar el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de especies en la zona de protección especial ‘Campiñas de Sevilla’, así como las alteraciones en las especies.

El TJUE rechazó el argumento de la Comisión Europea de que la evaluación de impacto ambiental debería haber mencionado que el lugar afectado por el proyecto era una zona importante para las aves de Europa desde 1998, antes de ser clasificado como ZEPA por las autoridades españolas en 2008.

Sin embargo, el tribunal declaró que España incumplió la directiva sobre las aves y la de hábitats por “no adoptar las medidas adecuadas” para evitar el deterioro de los hábitats naturales y de los de especies dentro de la ZEPA ‘Campiñas de Sevilla’.

En este sentido, apuntó que la construcción de la línea férrea de alta velocidad “puede provocar perturbaciones significativas y un deterioro de los hábitats de especies de aves protegidas”, y que “la construcción de la plataforma elevada puede provocar perturbaciones significativas y un deterioro de los hábitats de especies de aves protegidas”.

(SERVIMEDIA)
24 Nov 2016
MGR/gja