Granados pide volver a declarar por la 'Púnica' y la Fiscalía pide que se le mantenga en prisión provisional
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La Fiscalía ha solicitado hoy al juez de la Audiencia Nacional que investiga el 'caso Púnica', Eloy Velasco, que prorrogue la prisión provisional para el ex 'número dos' del PP en la Comunidad de Madrid Francisco Granados, que se encuentra en la prisión de Estremera (Madrid) desde el 27 de octubre de 2014. Granados ha solicitado al magistrado volver a declarar para "concretar" aspectos de sus declaraciones anteriores.
En la vista que se ha celebrado este míércoles, tanto el Ministerio Público como el resto de acusaciones han solicitado que se le mantenga en prisión, mientras que su abogado ha pedido libertad para él.
El magistrado ha escuchardo al exdirigente popular, que ha argumentado su arraigo y sus lazos familiares para convencerle de que no va a eludir la acción de la justicia, y lo ha hecho en primera persona tomando la palabra en la vista.
En su intervención, Granados explicó al juez que lo está pasando mal en prisión y que tiene "madre, hijos y familia" a los que se siente apegado y que no tiene intención de fugarse.
La ley establece en dos años el límite de la prisión provisional, aunque permite que esa situación se prorrogue por dos años más atendiendo a la gravedad de los delitos. Ahora, Velasco deberá decidir sobre la prolongación de su internamiento o su libertad provisional.
A su salida de la vista celebrada en la Audiencia Nacional su abogado, Carlos García de Ceca, ha anunciado que Granados está interesado en volver a prestar declaración para "concretar" algunos aspectos de la investigación.
No ha querido explicitar si esta nueva declaración, pendiente de que el juez Velasco fije fecha, significa un cambio en la estrategia de defensa de Granados, que hasta ahora se ha negado a colaborar con la justicia.
A juicio del letrado, "no hay argumentos para mantenerlo en prisión" y, en cambio, hay "elementos objetivos" para que se le conceda la libertad provisional.
Aunque no adelantó nada sobre la declaración que ha solicitado al juez por mandato de Granados, el abogado dijo que su comparecencia ahora "es oportuna" para "concretar" aspectos de la investigación.
LO QUE DICE LA LEY
El artículo 505 de la Ley de Enjuicimiento Criminal establece en dos años el tope de la prisión provisional, siempre que los delitos que se atribuyan al investigado estén castigados con penas superiores a los tres años de prisión.
En su artículo 504.2, la norma contempla que una vez cumplido ese plazo, el juez instructor puede acordar “una sola prórroga de hasta dos años” si aprecia que sigue existiendo riesgo de fuga, capacidad para la destrucción de pruebas o posibilidad de reincidencia.
Granados solicitó por última vez su libertad en julio pasado, alegando que tiene “arraigo” en el país al ser “ciudadano español” y que tenía escasas posibilidades de destruir pruebas o de incurrir en delitos similares por ser “poco probable” que ocupara de nuevo un “puesto como funcionario público”.
Sin embargo, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechazó la excarcelación del que fuera secretario general del PP madrileño y consejero autonómico, al considerar que hay "serios indicios" de que se valió de su puesto para "crear una cadena de deleznables favores y conductas impropias de un buen gestor público".
Poco antes, en el mes de junio, fue rechazada una petición similar por el juez instructor del caso, Eloy Velasco. Al igual que el magistrado, la Sala consideró que hay indicios de que el exresponsable político pudo incurrir en delitos de organización criminal, blanqueo de capitales, falsificación documental, cohecho, delito contra la Hacienda pública, tráfico de influencias, cohecho, malversación y prevaricación.
A su juicio, hay indicios de que Granados creó una "cadena deleznable de favores" dentro de una trama delictiva "presuntamente dedicada a mover voluntades con fines de obtención de cuantiosos beneficios ilegales en la contratación pública amañada y en la espuria recalificación de terrenos, cuyo dinero era en parte trasladado a paraísos fiscales buscando su opacidad".
Esta actuación ocasionaba "el consiguiente perjuicio al erario público y a la buena administración de la colectividad, fomentando detestables actitudes corruptas en el ámbito empresarial público y privado".
La Sala no consideró en ese momento descartable que Granados tuviera patrimonio oculto dentro y fuera de España, por lo que el riesgo de fuga aumenta, máxime si se tiene en cuenta "su capacidad para mover o comprar voluntades", así como la posible ocultación de pruebas.
INDICIOS OBJETIVOS
El juez Velasco rechazó el pasado 8 de junio la excarcelación del que fuera secretario general del PP madrileño, ante los “potentes indicios y datos objetivos de la recepción de dinero por este investigado para una posible financiación del Partido Popular”.
En un auto el juez se oponía a la libertad de Granados. Velasco indicaba en el auto de tres folios que “está analizándose en este momento una ingente cantidad de documentación tanto en soporte físico como digital, intervenida en los últimos registros realizados, documentación que está proyectando potentes indicios y datos objetivos” de una posible financiación irregular del PP.
Granados es el único de los investigados en relación con la 'trama Púnica' que continúa en prisión, donde ingresó en octubre de 2014. El juez entendía que la necesidad de tomar declaración a más testigos y de identificar las relaciones con los adjudicatarios de obra pública “hace necesario el mantenimiento de la medida cautelar de prisión”.
(SERVIMEDIA)
05 Oct 2016
SGR/caa