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La Audiencia Nacional condena a 92 años de prisión a la trama de los Carceller por fraude fiscal

MADRID
SERVIMEDIA

La Audiencia Nacional ha condenado a un total de 92 años de prisión, tras un acuerdo de conformidad con la Fiscalía, a Demetrio Carceller Coll, José Luis Serrano Florez, Gabriel I. Pretus Labayen y Demetrio Carceller Arce por uno de los mayores fraudes fiscales cometidos y juzgado en España.

En concreto, se condena a Demetrio Carceller Coll, de 92 años y que acudió a la sede judicial en silla de ruedas, como autor de 13 delitos contra la Hacienda Pública, tres de ellos agravados, en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los años 2003 a 2007; Impuesto contra el Patrimonio de los años 2003 a 2007 e Impuesto de Sucesiones del año 2006.

También se condena a Gabriel Pretus I. Labayen como cooperador necesario en la comisión de esos mismos delitos; a José Luis Serrano Florez como cooperador necesario por la comisión de 12 de los delitos detallados y a Demetrio Carceller Arce como cooperador necesario de 4 de los delitos descritos sobre el IRPF de los años 2007 a 2009 y el Impuesto del Patrimonio del año 2009.

Las cuotas defraudadas ascienden a un importe total 24.680.064,88 euros y los intereses devengados por las mismas 12.055.062,16 millones de euros, cantidades que ya han sido satisfechas por los acusados, lo que ha facilitado el acuerdo de conformidad.

Además de las cantidades mencionadas se han impuesto a los condenados penas de multas por importe total de 55.649.225,55 euros, cantidad que está afianzada ampliamente y que, como marca la ley, será satisfecha una vez se dicte la sentencia y alcance firmeza.

El presente proceso fue incoado en el año 2009 para investigar, por una parte, si Demetrio Carceller Coll simuló durante los años 2003 a 2009 su residencia fuera de España, concretamente en Portugal y Reino Unido, con la finalidad de eludir el pago de sus obligaciones tributarias en España y, por otra parte, concretar y cuantificar los bienes, activos y patrimonio de los que pudiera ser titular.

RESIDENCIA EN ESPAÑA

Tras la investigación logró acreditarse que durante el periodo mencionado Demetrio Carceller Coll, el padre, donde residió realmente fue en la Comunidad de Madrid y que era titular de un ingente patrimonio que tenía oculto tras diversas estructuras fiduciarias configuradas a través de sociedades radicadas en terceros países considerados como territorios off shore.

También quedó probada la participación esencial que en la comisión de la defraudación fiscal que tuvo el resto de los condenados, lo que les ha acarreado la consideración de cooperadores necesarios del fraude fiscal.

El acuerdo de conformidad, que ha permitido una reducción de las penas inicialmente solicitadas por la fiscalía, se ha alcanzado valorando la antigüedad de los hechos cometidos, entre los años 2003 a 2009, el pago total de las cantidades adeudadas por los tributos defraudados, sus intereses y las costas del proceso, así como la asunción de responsabilidades por todos los acusados en este procedimiento.

Asimismo, el acuerdo alcanzado refleja una reducción de las cuotas defraudadas justificada porque, tras la presentación de los escritos de acusación provisional por el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado, se aportaron por las defensas nuevos documentos. Una vez analizados por los expertos de la Agencia Tributaria, se hizo una nueva propuesta de liquidación reconociendo el carácter ganancial de parte de los bienes que inicialmente se adjudicaron a Demetrio Carceller Coll. Esos bienes deben ser atribuidos a su esposa contra la que no se dirigió el presente procedimiento penal en su día.

Las penas impuestas a Demetrio Carceller Coll por cada uno de los delitos cometidos son de seis meses de prisión para los tipos básicos y nueve meses de prisión para los tipos agravados.

Para el resto de los condenados las penas son de tres meses de prisión por los tipos básicos y cuatro meses y 15 días de prisión por los tipos agravados si bien, aplicando el Código Penal vigente en el momento de la comisión de los hechos por ser el más favorable para los condenados, al no superar individualmente ninguna de esas penas el año de prisión y haberse reparado totalmente el daño causado, cada una de ellas ha sido sustituida por una pena de multa cuyas cuotas, atendiendo a la capacidad económica de los condenados, han sido fijadas en su cuantía máxima para Demetrio Carceller Coll y Demetrio Carceller Arce y en cuantía moderada para los otros dos condenados.

La ley prevé expresamente esta sustitución para los supuestos donde la reparación del daño adquiere especial relevancia. Esta sentencia condena penalmente uno de los casos de mayor importe de fraude fiscal cometidos en España por omisión de pago de impuestos correspondientes a una sola persona física utilizando como modelo defraudatorio la deslocalización de su residencia.

(SERVIMEDIA)
08 Sep 2016
SGR/man