El TC admite a trámite el recurso del Gobierno contra la ley castellanomanchega sobre jornada laboral y jubilación de funcionarios
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El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno contra el artículo 1 de la Ley de Castilla-La Mancha que regula la jornada laboral y la prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal funcionario y estatutario de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
El Tribunal acuerda dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a las Cortes y a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que dispondrán de quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.
El Pleno acuerda también la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, decisión que es consecuencia automática de la invocación por parte del Gobierno en su recurso del artículo 161.2 de la Constitución.
La admisión a trámite, así como la suspensión cautelar, no suponen pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que el Tribunal resolverá en sentencia en un plazo no superior a los cinco meses.
El Gobierno sostiene que "podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas, impugnación que producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses".
Fue el pasado 15 de abril cuando el Consejo de Ministros en funciones acordaba solicitar a Rajoy la interposición de un recurso de inconstitucionalidad en relación con la medida del Ejecutivo regional de Emiliano García-Page de reducir de 37,5 a 35 horas la jornada laboral semanal de los empleados públicos.
Este acuerdo, propuesto por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, consideraba que la ley regional "contraviene lo dispuesto por el Estado a través de la Ley de Presupuestos Generales para el año 2012, dictada con carácter básico, por la que se establece que la jornada general de trabajo del personal del sector público no podrá ser inferior a treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en el cómputo anual".
Según añadía el acuerdo, esta solicitud de recurso "se lleva a cabo después de que la negociación prevista en el artículo 33.2 de la Ley del Tribunal Constitucional haya sido infructuosa y tras avalar el Consejo de Estado que existen fundamentos jurídicos suficientes para interponer el recurso".
Para dirimir esta cuestión, el pasado 6 de abril se reunió una comisión bilateral entre ambas administraciones, donde se debatieron las dos medidas puestas en duda por el Gobierno nacional, en concreto la Disposición Adicional Segunda de la Ley autonómica 7/2015 que recoge el personal en edad de cesar por jubilación pero que se mantenga en activo computará igualmente para calcular la tasa de reposición de efectivos; y por otro el artículo 1 de la misma ley, que reducía de 37,5 a 35 horas la jornada laboral.
Esta ley entró en vigor el pasado 1 de enero y era una de las promesas electorales del actual Gobierno regional. El presidente autonómico, Emiliano García-Page, advirtió un día después de esta reunión que la derogación de la medida que reducía la jornada laboral podría poner en riesgo la creación de 450 empleos en el ámbito sanitario".
(SERVIMEDIA)
03 Mayo 2016
SGR/gja