Investidura. 35 diputados podrían forzar un referéndum sobre la reforma constitucional acordada por PSOE y Ciudadanos

- La reforma podría aprobarse en unos tres meses si se aceleran los plazos

MADRID
SERVIMEDIA

El diez por ciento de los 350 miembros del Congreso de los Diputados o de los 266 del Senado podrían forzar la celebración de un referéndum sobre la reforma de la Constitución impulsada por el PSOE y Ciudadanos como parte del acuerdo para la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno.

La reforma ha sido planteada por el líder de Ciudadanos, Albert Rivera, y aceptada por Sánchez, lo que ha "desbloqueado" la negociación entre ambas formaciones, que han confirmado un "principio de acuerdo".

Con esa reforma buscan suprimir los aforamientos, que las Iniciativas Legislativas Populares (ILP) puedan impulsarse con 250.000 firmas en vez de 500.000, la supresión de las diputaciones provinciales y el límite de ocho años para los mandatos del presidente del Gobierno.

Esa reforma se haría según lo mandatado en el artículo 167 de la Constitución, es decir, requeriría mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras y si no hubiera acuerdo entre ambas se intentaría obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de diputados y senadores, encargada de presentar un texto que sería votado en las dos. Si así tampoco fuera posible el acuerdo, y siempre que hubiera obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso podría darla por aprobada con mayoría de dos tercios.

Una vez aprobada por las Cortes Generales, la reforma podría ser sometida a referéndum para su ratificación si así lo solicitan, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

Por lo demás, la reforma se desarrollaría siguiendo el procedimiento legislativo común: sería presentada como proyecto de ley del Gobierno o como proposición de ley, en ese caso al menos por dos grupos parlamentarios o por una quinta parte de los diputados. A partir de ahí se sometería a los plazos previstos para el trámite de enmiendas e informe en ponencia y en la comisión competente, que sería la Constitucional.

En condiciones normales, ese plazo es de hasta quince días en ponencia y hasta dos meses en comisión en cada una de las Cámaras, pero es la Mesa de cada una quien fija los plazos y, en su caso, aprueba posibles prórrogas. Las Mesas podrían, por tanto, ajustarse a los plazos mínimos, lo cual podría acortar el trámite total a unos tres meses desde la presentación de la propuesta hasta su aprobación definitiva. Podrían, incluso, acordar la tramitación urgente, lo cual podría acortarlo aún más.

No parece probable, según indican fuentes parlamentarias, que la reforma pudiera tramitarse en lectura única, como sí se hizo la del artículo 135 acordada por PP y PSOE la legislatura anterior, ya que para ello hay que argumentar la "simplicidad" del texto acordado.

Dado el calado de la reforma, que afectaría a varios artículos de la Constitución en diferentes capítulos y títulos, la máxima rapidez de la tramitación sería, en principio, la de urgencia o simplemente el ajuste de los plazos.

(SERVIMEDIA)
23 Feb 2016
CLC/gja