Más de 275.000 euros para una paciente murciana por sufrir “graves secuelas” tras una intervención de vaginoplastia

MADRID
SERVIMEDIA

La aseguradora AMA deberá indemnizar con 275.000 euros más intereses sancionadores a una paciente de Murcia que sufrió “graves secuelas” tras una intervención de vaginoplastia que se le practicó en el Hospital Perpetuo Socorro de Cartagena en 2010.

Así lo indica una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que confirma otra del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Cartagena, que condenaba a indemnizar no solo a la paciente, sino también a su marido, por las repercusiones en la vida sexual de la pareja.

Según la información facilitada por la Asociación el Defensor del Paciente, a cuyos servicios jurídicos pertenece el letrado que defendió a la mujer, los hechos se remontan al 28 de abril de 2009, cuando el ginecólogo de la medicina privada V.L.C. atendió a R.V.Q., entonces de 33 años, de una pequeña dehiscencia vaginal tras su segundo parto, tan insignificante que ni siquiera tenía entidad para ser calificada dentro de los cuatro grados de desgarro posibles, y que no le causaba ninguna alteración.

El ginecólogo constató que se trataba de un asunto simplemente estético y le prescribió ejercicios, pero finalmente la paciente decidió operarse, con la única advertencia del médico de que podía quedarse igual tras la intervención, plastia vaginal, que se le practicó el 12 de mayo de 2010 en el Hospital Perpetuo Socorro de Cartagena.

El resultado de la intervención, supuestamente estética, “fue desastroso”, afirma la Asociación el Defensor del Paciente. En la medicina pública se informó a la mujer de que tenía un desgarro de cuarto grado (lesión de esfínter anal y la mucosa, el más grave de los cuatro en que se clasifican), con lesión esfinteriana que requería esfinteroplastia con resultados inciertos.

La exploración reveló pérdida de espacio vaginal, ano deformado, déficit esfinteriano anterior, defecto anterior de EAE y EAI en canal anal medio e inferior de aproximadamente 100 grados.

“Por todo lo expuesto”, reza la sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, “compartimos la conclusión de la sentencia recurrida respecto a que las lesiones por las que reclama la señora demandante son consecuencia de un error sufrido durante la realización de la plastia vaginal posterior practicada (...) en mayo de 2010, pues antes no estaban y se trataba de corregir un problema meramente estético”.

Porque, apunta la sentencia del Juzgado de Cartagena, “ha de tomarse en consideración que D.V.L.C. tampoco cumplió su deber de proporcionar al paciente información veraz y cabal, en términos claros y fácilmente comprensibles, sobre la vaginoplastia”.

(SERVIMEDIA)
15 Ene 2016
IGA/caa