El Congreso convalida la devolución a los funcionarios de otra cuarta parte de la extra

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Congreso de los Diputados convalidó este jueves el real decreto que recoge la devolución a los empleados públicos de otra cuarta parte de la paga extraordinaria suprimida en 2012.

La norma, por la que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía, salió adelante por 284 votos a favor, 7 en contra y 21 abstenciones. Además, se rechazó su tramitación por el procedimiento de urgencia.

La cuantía de los citados créditos extraordinarios es de 630,7 millones de euros y con ella se va financiar la devolución de la paga, y se atenderán necesidades de los ministerios de Defensa, Fomento y Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

En concreto, las distintas administraciones públicas, así como sus entes dependientes y vinculados, abonarán dentro del ejercicio 2015, y por una sola vez, una retribución de carácter extraordinario cuyo importe será el equivalente a 48 días o al 26,23% de los importes dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria.

También la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes, correspondientes al mes de diciembre de 2012, según recoge el real decreto-ley por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía.

Este 26,23% parte de la paga, que los empleados públicos cobrarán a principios de octubre, implica un crédito para la Administración General del Estado de 251,85 millones de euros.

El decreto también recoge la devolución de días adicionales. De esta forma, los funcionarios públicos tendrán seis días al año por asuntos particulares, y las administraciones podrán establecer hasta dos días adicionales de permiso por asuntos particulares al cumplir el sexto trienio, incrementándose, como máximo, en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.

Asimismo, cada Administración pública podrá establecer hasta un máximo de cuatro días adicionales de vacaciones en función del tiempo de servicios prestados por los funcionarios públicos.

CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

El capítulo dos del decreto regula la concesión de diversos créditos extraordinarios y suplementos de crédito para financiar la recuperación parcial de la paga extraordinaria y adicional de los empleados públicos, así como para atender necesidades de los ministerios de Defensa, Fomento y Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Junto a los 252,85 millones para financiar la devolución de la paga extra, se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Defensa por importe de 20 millones de euros destinado a la adquisición de vehículos.

El decreto justifica esta decisión por la situación “crítica” respecto a este tipo de material y la necesidad de apoyo logístico, adiestramiento y preparación de los contingentes que se despliegan para las operaciones activas.

Para Fomento, el importe del crédito extraordinario concedido y un suplemento de crédito ascienden a 282,38 millones de euros, de los que 251,3 millones son para atender al pago de obligaciones de ejercicios anteriores.

Dentro de este montante para Fomento se incluye también un suplemento de crédito por importe de algo más de 31 millones para atender los gastos del hundimiento del buque ‘Oleg Naydenov’.

Por su parte, el decreto recoge la concesión de créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por importe total de 76,32 millones de euros.

La finalidad de este crédito es regularizar y aplicar a presupuesto gastos que al cierre contable y presupuestario del año 2014 no contaban con cobertura presupuestaria o que la prevista resultó insuficiente ocasionados por certificaciones, revisiones de precios, expropiaciones y otras incidencias relativas a actuaciones inversoras de la Dirección General del Agua, por importe de 36,01 millones.

A su vez, se dota de financiación a las confederaciones hidrográficas para que procedan, igualmente, al pago de obligaciones de ejercicios anteriores relativas al IBI correspondiente a bienes de titularidad estatal por importe de 40,31 millones.

LIQUIDEZ Y REDUCIR MOROSIDAD

El decreto contempla también medidas para mejorar la liquidez de los ayuntamientos que tienen problemas financieros y para seguir reduciendo la morosidad del sector público. En primer lugar, se pretende dotar de liquidez a corto plazo a los ayuntamientos que se encuentran en una situación de riesgo financiero y que se incluían entre los que pudieron solicitar la adhesión al Fondo de Ordenación.

Por último, con el objetivo de profundizar en las reformas estructurales de erradicación de la morosidad y coadyuvar al adecuado cumplimiento de los plazos de pago establecidos por la directiva europea, se modifica la ley de contratos del sector público para incluir el periodo medio de pago a proveedores del empresario como elemento acreditativo de su solvencia económica y financiera cuando concurre a un proceso de contratación pública.

(SERVIMEDIA)
01 Oct 2015
BPP/GFM/gja