El Gobierno autoriza a emitir deuda a seis comunidades autónomas
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El Consejo de Ministros autorizó hoy a emitir deuda a seis comunidades autónomas: Andalucía, Extremadura, Galicia, Baleares, Madrid y Canarias. El importe de estas operaciones de endeudamiento se encuentra dentro de las amortizaciones previstas durante el ejercicio, por lo que no suponen un incremento en su nivel de endeudamiento en los casos de Canarias, Madrid, Andalucia y Galicia.
A Madrid se le autoriza realizar operaciones de préstamos en el exterior y una o varias emisiones de deuda pública a largo plazo, hasta un importe máximo de 559.000.000 de euros, a cuenta del Programa Anual de Endeudamiento para 2010 de la comunidad autónoma.
A la comunidad autónoma de Andalucía se le aprueba realizar operaciones de endeudamiento, hasta un importe máximo de 1.031.413.230 euros, a cuenta del Programa Anual de Endeudamiento para 2010 de la comunidad.
A la región de Extremadura se le concede tomar préstamos a largo plazo, hasta un importe máximo de 276.590.000 euros, que se destinarán a cubrir las necesidades de financiación derivadas del ejercicio 2009 previstas en el plan de reequilibrio remitido al Consejo de Política Fiscal y Financiera.
A Galicia se le autoriza la realización de una o varias emisiones de bonos u obligaciones, por un importe máximo de 500.000.000 de euros, a cuenta del Programa Anual de Endeudamiento para 2010 de la comunidad.
Baleares podrá tomar préstamos y realizar una o varias emisiones de bonos y obligaciones, hasta un importe máximo de 972.195.500 euros, que se destinarán a cubrir las necesidades de financiación previstas en la Adenda al Programa Anual de Endeudamiento de 2009 y en el plan de reequilibrio remitido al Consejo de Política Fiscal y Financiera.
Canarias podrá realizar una o varias emisiones de bonos u obligaciones a largo plazo, hasta un importe máximo de 624.922.000 euros, a cuenta del Programa Anual de Endeudamiento para 2010 de la comunidad autónoma.
Estas operaciones de endeudamiento se autorizan según lo establecido en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas y en la Ley Orgánica, complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, de 2001.
(SERVIMEDIA)
19 Feb 2010
MAG/lmb