Madrid. La Comunidad regula las viviendas de uso turístico para “evitar la competencia desleal y crear empleo”
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El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó hoy el Decreto de regulación de Apartamentos Turísticos y de las Viviendas deUso Turístico, tras el visto bueno del Consejo Consultivo, según informó la consejera de Empleo, Turismo y Cultura, Ana Isabel Mariño.
El objetivo de esta normativa, explicó, es “proteger los derechos de los usuarios, acabar con la competencia desleal y el intrusismo y fomentar la generación de empleo”.
La Comunidad de Madrid estima que en la región hay entre 6.000 y 8.000 viviendas de uso turístico, cuya comercialización se realiza mayoritariamente a través de Internet, y el decreto establece unos mínimos requisitos para proteger los derechos de los usuarios de estos alojamientos y preservar la calidad en la oferta de servicios turísticos de la región.
Mariño dijo que la novedad frente al borrador que ya presentó el Consejo de Gobierno consiste en que se ha fijado una estancia mínima de cinco noches en estas viviendas turísticas, teniendo en cuenta que la estancia media de turistas en hoteles es de dos noches, pero en viviendas turísticas es de cinco.
Además de actualizar la normativa sobre los apartamentos turísticos, que ya estaban regulados, el decreto regula el funcionamiento de las viviendas de uso turístico en la región, una modalidad de alojamiento en pisos de propiedad privada que no estaba amparada por ninguna normativa.
Según el Gobierno autonómico, los usuarios verán, con esta norma, garantizada la oferta y calidad de los servicios de alojamiento y sus derechos como consumidores, ya que podrán exigir responsabilidades y presentar reclamaciones contra quienes incumplan los requisitos mínimos en sus establecimientos.
Además, esta normativa "trata de abrir una nueva vía a la inversión y la creación de nuevas empresas, que contribuirán a la reactivación económica y en consecuencia a la creación de empleo, ya que dará seguridad jurídica a posibles nuevos inversores en este sector de actividad".
Mariño destacó que este decreto aspira a acabar con situaciones de intrusismo y competencia desleal denunciadas por las asociaciones del alojamiento madrileño, ya que habrá unos requisitos mínimos exigibles, como al resto de alojamientos.
El decreto define las viviendas de uso turístico como alojamientos (viviendas, pisos o apartamentos) que se ofrecen al público de forma integral (no por habitaciones), englobados en una sola categoría. Tendrán carácter de alojamiento turístico, por lo que deberán estar inscritas en el Registro de Empresas Turísticas y mostrar una placa distintiva y sus precios tendrán que estar expuestos en un lugar visible en la entrada.
Las viviendas de uso turístico no podrán utilizarse como residencia permanente y pueden estar en un bloque de pisos con otras viviendas que sí son residenciales.
Actualmente figuran en el Registro de Empresas Turísticas 120 establecimientos que prestan su actividad como apartamentos turísticos en la Comunidad de Madrid, con un total de 9.074 plazas.
(SERVIMEDIA)
10 Jul 2014
SMO/caa