El CGPJ aplaza su decisión sobre el informe crítico con el Código Penal de Gallardón

- La Comisión de Estudios seguirá analizando el escrito el 18 de diciembre

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión de Estudios del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido aplazar hasta el próximo 18 de diciembre su analisis del informe que considera inconstitucionales algunos puntos de la reforma del Código Penal impulsada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, principalmente las cuestiones relativas a la prisión permanente revisable y a la custodia de seguridad tras salir de prisión.

Los cinco vocales de la Comisión de Estudios han decidido, tras cerca de cuatro horas y media de reunión, aplazar su estudio sobre el informe, elaborado por Margarita Robles, según informaron fuentes del Consejo. Si esta comisión aprueba el 18 de diciembre el escrito, que no es vinculante, este deberá ser aprobado por el pleno del CGPJ, cuya próxima reunión está fijada para el 20 de diciembre.

El informe critica el nuevo Código Penal con argumentos como que "resulta cuanto menos dudoso que una privación de libertad potencialmente perpetua sea conciliable" con la reinserción contemplada en el artículo 25.2 de la Constitución.

El escrito también subraya que "las penas privativas de libertad de carácter temporal no excluyen el reingreso del penado al entorno social" una vez cumplida la condena, "lo que no tendría lugar cuando se le aplicara la prisión permanente revisable".

El informe de la vocal del CGPJ critica asimismo que Gallardón se ampare para justificar su reforma “en el pretexto de mejora del funcionamiento e imagen de la Administración de Justicia” cuando en realidad "precisa de otro tipo de reformas que, sin menoscabo de los derechos ciudadanos, agilicen la sobrecarga que gravita sobre numerosos órganos judiciales".

El informe censura también la custodia de seguridad contemplada en la legislación proyectada por el Gobierno de Mariano Rajoy. Destaca en este sentido que esta medida se impondrá tras la pena de prisión, y "aunque la ley fija una duración máxima" de diez años, tras ella "se impondrá de modo obligatorio la medida se seguridad de libertad vigilada, que puede llegar a ser ilimitada".

(SERVIMEDIA)
13 Dic 2012
DCD