El TS rechaza la denuncia contra Sáenz de Santamaría por el fichaje de su marido en Telefónica

- Los magistrados destacan el curriculum del esposo para hacerse con el puesto

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido inadmitir a trámite la denuncia presentada contra la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, y en la que se le acusaba de un delito de cohecho impropio por el fichaje de su marido, José Iván Rosa Vallejo, como responsable de la asesoría jurídica de Telefónica.

Los magistrados de la Sala de lo Penal, presididos por Juan Saavedra, han decidido rechazar la denuncia, presentada por el partido Soberanía de la Democracia, al concluir que “los hechos no son constitutivos de delito alguno”. La Fiscalía informó a favor del archivo.

Los denunciantes sostenían que el fichaje de Rosa Vallejo “puede ser interpretado como un regalo inherente al cargo” de la vicepresidenta y recordaban que Telefónica “es una empresa que, como es sabido, está altamente sometida al poder regulador del Ejecutivo”.

El Alto Tribunal rechaza estos argumentos y destaca los meritos del marido de Sáenz de Santamaría para acceder al cargo, ya que es “experto en temas comunitarios y de cooperación jurídica internacional y ex consejero de Justicia de la Representación Permanente de España en la Unión Europea”. Como el puesto era para el mercado de Brasil, el Supremo subraya que Rosa Vallejo, como “hijo de padre portugués, es bilingüe”.

“A tenor del curriculum, goza de méritos que, por sí mismos, podrían justificar de forma bastante su reclutamiento por una compañía privada, para desarrollar un trabajo propio de jurista y, precisamente, en un ámbito territorial donde se habla la lengua portuguesa”, indica la sentencia.

Los magistrados concluyen por lo tanto que existen “datos que permiten explicar el nombramiento de José Iván Rosa Vallejo como una decisión empresarial dotada de razonable fundamento y producida en términos de normalidad jurídica”.

“La sospecha de que la misma pudiera en realidad constituir una suerte de “regalo” a su esposa por razón del cargo que desempeña actualmente, no pasa de ser una mera conjetura, que, como tal, tiene que desestimarse”, señala la resolución.

(SERVIMEDIA)
03 Jul 2012
DCD