Economía circular

Competencia avala devolver el envase a la tienda pero con controles para evitar fraudes

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) respalda que España pueda contar con un sistema de devolución, depósito y retorno -conocido por las siglas SDDR- de envases de plástico u otros materiales, pero recomienda que sea “eficiente” y con controles para “evitar o minimizar fraudes”.

Así lo recomienda en un informe difundido este miércoles sobre el proyecto de real decreto de envases y residuos de envases, que prepara el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Esa norma transpone la normativa de la UE y revisa la regulación de envases y residuos de envases.

Ese proyecto normativo pretende establecer un sistema de depósito, devolución y retorno al comercio de envases de bebidas de plástico de un solo uso y latas. Algunas organizaciones ambientales apuestan por implantarlo en España para recuperar y gestionar los envases que se ponen en el mercado, que equivale a la práctica llevada a cabo hasta los años 80 del siglo pasado de 'devolver el casco'. Es decir, los consumidores que compran un producto pagan una cantidad adicional de dinero (depósito) que les será reembolsada al devolver el envase o producto al comercio.

El Gobierno prevé obligar que los envases reutilizables se pongan en el mercado con sistemas de depósito, devolución y retorno, y que sean los envasadores los que fijen el precio del depósito. Esto ya se viene haciendo para los envases empleados para agua, bebidas refrescantes y cerveza en el ámbito de hostelería, restauración y catering. El objetivo es extenderlo también para el resto de los envases reutilizables, ya sean empleados en el canal doméstico como en el ámbito comercial o industrial.

Para los envases de un solo uso sería obligatorio para botellas de plástico de un solo uso y latas de bebidas (aguas, zumos, bebidas refrescantes y cervezas) cuando no se cumplan unos objetivos intermedios de recogida separada de botellas de plástico de un solo uso para bebidas de menos de tres litros: 70% en 2023 y del 85% en 2027.

En ese caso, los envasadores dispondrán de un plazo de dos años para implantar el sistema. Si bien el precio del depósito se fijará libremente, deberá ser como mínimo de 10 céntimos por envase.

Este marco regulatorio se complementará con la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, que el Congreso de los Diputados enviará este jueves al Senado para que continúe su tramitación parlamentaria. El texto avala devolver la botella de plástico o la lata de refresco y recuperar el depósito pagado por su compra si no se incumplen los objetivos nacionales de recogida separada de botellas de plástico para su reciclaje en 2023 (70% en peso respecto a lo introducido en el mercado) o en 2027 (85%). El sistema se implantaría en dos años.

“DISEÑO EFICIENTE”

Pues bien, la CNMC recomienda en un informe que se haga “un diseño eficiente” de los SDDR y se pongan en marcha “procedimientos de control con el objeto de evitar o minimizar fraudes”.

En el caso de que el sistema sea obligatorio para envases de un solo uso, aconseja una mayor justificación tanto del importe mínimo (10 céntimos) como de la no consideración del volumen y material en este importe mínimo.

Además, la CNMC formula propuestas para evitar el intercambio de información sensible y una mayor justificación y precisión de ciertos aspectos del real decreto, como la introducción de objetivos medioambientales o la autorización de sistemas de responsabilidad ampliada.

Competencia valora la validez en toda España de la autorización de los sistemas colectivos, la inclusión de criterios de ‘ecomodulación’ en las contribuciones financieras de los productores y la introducción de medidas de salvaguarda frente a conductas anticompetitivas en los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.

(SERVIMEDIA)
22 Dic 2021
MGR/gja