El Supremo confirma la condena a Garzón por las escuchas de la "Gürtel"
- El Alto Tribunal rechaza el recurso de nulidad presentado por el juez, que ahora puede acudir al Constitucional
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 11 años de inhabilitación impuesta a Baltasar Garzón por ordenar intervenir las conversaciones que mantuvieron en prisión los principales imputados del "caso Gürtel", Francisco Correa y Pablo Crespo, con sus abogados.
Los mismos magistrados de la Sala de lo Penal que le condenaron han decidido ahora rechazar el incidente de nulidad presentado por Garzón. El juez inhabilitado tiene ahora vía libre para recurrir su condena ante el Tribunal Constitucional por presunta vulneración de sus derechos fundamentales.
La ley exige ahora que, antes de acudir al Constitucional, se agoten todas las vías jurisdiccionales, lo que incluye el recurso de nulidad de actuaciones ante el Supremo.
El auto dictado este viernes reitera que “la independencia del juez no puede llegar más allá de los límites que le impone su sometimiento a la ley” y asegura que Garzón, al ordenar grabar las conversaciones en prisión, vulneró “derechos fundamentales” y llevó a cabo una práctica “absolutamente inasumible en un Estado de Derecho”.
El auto dictado reitera que Garzón, a la hora de ordenar grabar las conversaciones en prisión entre los presuntos “cabecillas” de la “Gürtel” y sus abogados, realizó un “acto arbitrario” y “desmanteló la configuración constitucional del proceso penal como un proceso justo”.
TRIBUNAL IMPARCIAL
Garzón alegó en su incidente de nulidad que el Supremo vulneró su derecho a un juez imparcial. El Alto Tribunal le contesta ahora señalando que “la afirmación de la existencia de una idea preconcebida en contra del acusado se sustenta exclusivamente sobre la base de que la sentencia dictada ha sido condenatoria”.
Además, sobre la participación en el tribunal de los magistrados Manuel Marchena y Luciano Varela, que habían instruido dos de las causas contra Garzón, el auto señala que “es claro que el mero hecho de haber sido instructor en otras causas penales contra el mismo acusado, aunque por hechos no solo diferentes sino absolutamente distintos, no justifica, en sí mismo, la recusación”.
DELITO DE PREVARICACIÓN
El Supremo condenó el pasado 9 de febrero a Garzón a 11 años de inhabilitación como autor de delitos de prevaricación y de violación de las garantías constitucionales. Además de la pena de inhabilitación, el tribunal condenó a Garzón al pago de una multa de 2.520 euros.
Los siete miembros del tribunal, presididos por Joaquín Giménez, concluyeron por unanimidad que Garzón actuó en su investigación del "caso Gürtel" como en "los regímenes totalitarios".
El Supremo aseguraba en repetidos pasajes de la sentencia que Garzón "laminó" el derecho de defensa, "colocando a todo el proceso penal español, teóricamente dotado de las garantías constitucionales y legales propias de un Estado de Derecho contemporáneo, al nivel de sistemas políticos y procesales característicos de tiempos ya superados".
EXPULSADO DE LA JUDICATURA
Garzón dejó de ser juez en activo cuando el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) decidió hacer efectiva su expulsión de la carrera judicial en virtud de la condena impuesta por el Alto Tribunal.
Garzón, en cambio, fue absuelto en la causa en la que se le acusa de un delito de prevaricación por la investigación que llevó a cabo sobre los crímenes de la Guerra Civil y la dictadura de Franco. Garzón se enfrentaba en este procedimiento a 20 años de inhabilitación.
Además, el Alto Tribunal archivó por prescripción de los hechos la causa abierta contra Garzón por haber solicitado y obtenido patrocinios por valor de más de un millón de dólares de entidades, como el Banco Santander, Endesa, BBVA, Telefónica o Cepsa para la realización de los cursos que impartió en Nueva York entre los años 2005 y 2006.
(SERVIMEDIA)
23 Mar 2012
DCD/caa