Calidad del aire
Transición Ecológica y la FEMP lanzan una guía sobre zonas de bajas emisiones en ciudades
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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) presentaron este viernes las directrices para la creación de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), obligatorias antes de 2023 para los municipios de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y las localidades con menos de 20.000 residentes que superen los valores límite de contaminantes regulados.
Estas directrices constituyen una guía para las entidades locales que, en respuesta a lo establecido en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, deban establecer una Zona de Bajas Emisiones.
El acto de presentación, celebrado en la sede de la FEMP, contó con la participación del comisario europeo de Medio Ambiente, Virginijus Sinkevicius; el secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, y el secretario general de la FEMP, Carlos Daniel Casares.
La creación de las ZBE no sólo está incluida en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, sino también en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (Pniec) y en el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica.
Seis meses después de la entrada en vigor de la ley, Transición Ecológica pone a disposición de las entidades locales un documento que sirve de guía para el diseño de estas zonas de bajas emisiones.
Las directrices recogen los umbrales mínimos que deben tenerse en cuenta a la hora de crear una Zona de Bajas Emisiones (ZBE), con criterios en materia de calidad del aire, eficiencia energética, ruido y cambio climático.
Además, fija el procedimiento para su implantación, una propuesta de indicadores de seguimiento y un catálogo de medidas que los ayuntamientos podrán adoptar para incentivar el cambio hacia una movilidad ambientalmente más sostenible que redunde en una mejora de la calidad del aire. “Debemos promover una movilidad más sostenible, con menos emisiones tanto de gases de efecto invernadero como de contaminantes atmosféricos, una movilidad que sume salud y no que la reste”, comentó Morán.
ADAPTADAS A CADA MUNICIPIO
Por otro lado, los ayuntamientos deberán establecer objetivos que permitan mejorar la calidad del aire, garanticen el cumplimiento de los límites regulados para distintos contaminantes y tiendan a alcanzar los estándares definidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), así como objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero coherentes con los determinados por el Pniec. A partir de ahí, deberán articular las medidas necesarias para que las Zonas de Bajas Emisiones contribuyan a alcanzar estos objetivos.
Las directrices no determinan una extensión mínima para las zonas de bajas emisiones, que dependerá de las características de cada municipio, pero sí señalan que deberá ser significativa y suficiente para el cumplimiento de los objetivos.
Se identifican distintos modelos de ZBE, tanto estructurales (núcleo, en áreas concretas, o anillo, introduciendo gradualidad por áreas concéntricas) como complementarias (especiales, para áreas como campus universitarios, parques empresariales, entornos escolares o sanitarios y específicas para tramos de calles en las que concurran circunstancias singulares).
Tampoco se determina para qué tipologías de vehículos deberá restringirse el acceso a una ZBE. De nuevo, dependerá de cada caso y deberán diseñarse las restricciones de modo que hagan posible alcanzar los objetivos.
En todo caso, las directrices apuntan que el diseño de las ZBE deberá tener en cuenta la pirámide de movilidad, dando prioridad al peatón, a la movilidad activa y al transporte público por delante del vehículo privado.
Respecto de este último, y con el fin de alcanzar los objetivos en materia de calidad del aire y cambio climático, deberán priorizarse los vehículos con emisiones bajas y, preferentemente, nulas, contribuyendo así a impulsar la electrificación del transporte.
(SERVIMEDIA)
19 Nov 2021
MGR/clc