La CMT suspende los pagos adicionales por la tasa de RTVE que impuso a Telefónica y Vodafone

- Las telecos han recurrido unas liquidaciones extras que rondan en total los 45 millones de euros

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha acordado la suspensión automática de la ejecución de los pagos adicionales que impuso el pasado noviembre a Telefónica y Vodafone en concepto de la tasa de financiación a RTVE, por un importe total cercano a los 45 millones de euros.

El Consejo de la CMT ha aprobado en su última reunión sendas resoluciones, a las que tuvo hoy acceso Servimedia, en las que acepta la petición que recibió de las dos operadoras para que les congelara el abono de las liquidaciones complementarias que les exige, dado que han interpuesto recursos contra esa decisión.

Son cantidades "extras" referidas al ejercicio de 2010, que la CMT entiende que Telefónica y Vodafone deben ingresar a RTVE, mientras las dos "telecos" sostienen que no están obligadas porque se refieren a negocios no relacionados directamente con su actividad audiovisual.

En concreto, son 38 millones de euros a Telefónica (21,3 millones a Telefónica España y 16,7 millones a Telefónica Móviles) y cinco millones a Vodafone, aunque esta cantidad no figura detallada en la resolución al estar declarada "confidencial".

Con estas dos liquidaciones complementarias y la de 2,4 millones que le impuso también la CMT a Orange, RTVE anunció semanas atrás que daba por cuadradas sus cuentas de 2010 con equilibrio presupuestario, que cerró formalmente con déficit de 47,1 millones debido a que las "telecos" no le abonaron por la tasa del 0,9% de sus ingresos anuales las cantidades que había calculado.

Por otra parte, la CMT ha denegado la petición que le hace Vodafone de que se interrumpa el pago de la tasa en tanto se resuelva la actuación que ha abierto la Comisión Europea contra este gravamen y mientras sigan pesando dudas sobre la constitucionalidad de la tasa.

El regulador asegura que debe hacer cumplir la ley mientras ésta sea efectiva. Las Administraciones públicas y los organismos reguladores "no pueden dejar de aplicar una ley en vigor, por muy razonables que puedan ser las dudas en cuanto a su constitucionalidad o su acomodo al ordenamiento jurídico comunitario", señala.

"Sólo el Tribunal Constitucional, a través del procedimiento de declaración de inconstitucionalidad, puede pronunciarse sobre la constitucionalidad de una Ley", remarca la CMT.

(SERVIMEDIA)
18 Ene 2012
JRN